jueves, 3 de marzo de 2016

Casación confirmó condenas a asesinos de la Masacre de Margarita Belén

Lo resolvió la Sala II, en el marco de dos causas en donde se juzgaron a los responsables integrantes del Ejército y de la Policía de Chaco, que trasladaron y ejecutaron a las víctimas. También se hizo lugar al pedido de la Fiscalía y se anuló la absolución del expolicía Alfredo Luis Chas.

Los jueces Ángela E. Ledesma, Pedro R. David y Alejandro W. Slokar, integrantes de la Sala II de la Cámara Federal de Casación Penal, resolvieron este miércoles confirmar las condenas a la pena de prisión perpetua impuestas a Athos Gustavo Renés, Horacio Losito, Germán Emilio Riquelme, Jorge Daniel Carnero Sabol, Aldo Héctor Martínez Segón, Luis Alberto Patetta, Ricardo Guillermo Reyes y Ernesto Jorge Simoni, y aquella a veinticuatro años de prisión impuesta a Norberto Raúl Tozzo. Así también, por mayoría, se hizo lugar al recurso de la Fiscalía y se anuló la absolución dispuesta respecto de Alfredo Luis Chas, según informó hoy el Centro de Información Judicial.

En las sentencias se tuvo por acreditado que en la madrugada del 13 de diciembre de 1976, un grupo integrado por agentes del Ejército y de la Policía de la Provincia de Chaco llevaron a cabo un “falso traslado” de detenidos políticos desde una unidad penitenciaria de aquella provincia hacia Formosa. En el trascurso del trayecto, las víctimas fueron torturadas y luego fusiladas en inmediaciones a la localidad de Margarita Belén. El convoy estuvo integrado por una comisión del Ejército, a las órdenes de Renés, conformada por personal perteneciente al Regimiento de Infantería N° 9 de Corrientes, el Grupo de Artillería N° 7 y el Destacamento de Inteligencia Nº 124, ambos de Resistencia, quienes fueron custodiados por un móvil de la policía chaqueña.

De esta manera, se determinó que las actuaciones realizadas en aquella época en sede militar para “investigar” lo sucedido, tenían por objeto encubrir la responsabilidad en los hechos y simular un “enfrentamiento con integrantes una agrupación subversiva”.

A partir de ello, los imputados fueron condenados en orden a los delitos de homicidio agravado por alevosía y por el número de partícipes, en perjuicio de las víctimas Luis Ángel Barco, Mario Cuevas, Luis Alberto Díaz, Carlos Alberto Duarte, Luis Arturo Franzen, Manuel Parodi Ocampo, Néstor Carlos Salas, Patricio Blas Tierno, Carlos Alberto Zamudio, Ema Beatriz Cabral y Alcides Bosch; como así también por el delito de privación ilegítima de la libertad agravada por el tiempo, cometido en perjuicio de Julio Andrés Pereyra, Fernando Gabriel Piérola, Roberto Horacio Yedro y Reynaldo Zapata Soñez, quienes aún permanecen desaparecidos.

Estos hechos formaron parte de los casos juzgados en el juicio a los ex comandantes en la causa Nº 13/84.