Se confirmó ayer el procesamiento de Norberto Raúl Tozzo por la privación ilegítima de la libertad y la desaparición forzada de Julio Andrés Pereyra, Roberto Yedro, Fernando Gabriel Pierola y Reynaldo Amalio Zapata Soñez, en la masacre de Margarita Belén. La resolución fue dictada por el juez federal Carlos Skidelsky.
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sábado, 25 de febrero de 2012
Procesan a Tozzo, el represor fugado
lunes, 20 de febrero de 2012
Genocida Lucio Caballero: a casa de su nieto
Ahora vivirá con su nieto
Restituyen la prisión domiciliaria al genocida Lucio Caballero
La decisión la tomó el juez Federal, Carlos Skidelsky. El represor condenado a 25 años de cárcel ahora vivirá con su nieto. En diciembre, el exconjuez Piñero ordenó que vuelva a la cárcel por ejercer violencia doméstica contra su esposa.
El juez Federal de Resistencia, Carlos Skidelsky, ordenó restituir el beneficio de prisión domiciliaria al genocida Humberto Lucio Caballero, condenado a 25 años de cárcel en la primera parte de la causa “Caballero” y procesado en la segunda. En diciembre, el represor había perdido esta posibilidad tras la denuncia de su esposa quien lo acusó de ejercer contra ella violencia física, psicológica y económica.
La decisión de Skidelsky, se plasmó en una resolución fechada el 13 de febrero último. El juez tomó en cuenta los argumentos esgrimidos por el defensor oficial, Gonzalo Molina, quien propuso restituir el beneficio a Caballero proponiendo para esto un nuevo domicilio: el de su nieto. El magistrado solicitó de manera accesoria que se realice un informe socioambiental de la nueva vivienda que alojará a Caballero, ubicada en calle Mendoza al 1400, de Resistencia.
También, y a pedido de la fiscalía, se solicitó que se le realice una Junta Médica para determinar en qué estado de salud se encuentra el represor, quien acusa ser diabético. La medida la llevará adelante el Cuerpo Médico Forense de la Corte Suprema en el transcurso de febrero. Los galenos también constatarán la sanidad Alberto Julio Manetti y el exmédico policial, Héctor Orlando Grillo.
“Analizadas las constancias de autos (…) estimo procedente la restitución –provisoria- del beneficio de arresto domiciliario a favor del prcesado (en la causa “Caballero Residual”) Humberto Luicio Caballero, en el domicilio consignado en calle Mendoza (…) de esta ciudad. (…) Todo ello sin perjuicio de lo que se dictamine oportunamente respecto de su estado de actual salud por los profesionales médicos del Cuerpo Médico Forense de la Corte Suprema de Justicia de la Nación”, señala Skidelsky.
En su resolución, el juez hizo saber además las pautas de conducta que deberá observar Caballero durante arresto domiciliario: “El beneficiario deberá abstenerse en todo momento de ingerir bebidas alcohólicas y poseer armas en su poder; tendrá que informar personalmente y/o a través de su cuidador por nota quincenalmente a este Tribunal los traslados, que efectúe para sus asistencia media. Deberá dar nombre de la persona que se encargue de su cuidado”.
Caballero estaba preso desde diciembre en la Unidad Penitenciaria Nº7 de Resistencia. Si bien estaba con prisión domiciliaria hasta ese mes, el exconjuez Federal, Juan Antonio Piñero ordenó que vuelva a una carcel común, luego de un informe del Patronato de Liberados en donde se dejaba constancia de las situaciones de violencia económica, psicológica y física que sufría la esposa del represor, que hacía las veces de su cuidadora.
“La esposa refiere que no están comiendo porque él retiene el dinero destinado a los alimentos. Además la esposa manifiesta que recibe maltratos físicos y verbales”, dijo la empleada del Patronato, al tiempo que sugirió que el genocida sea evaluado “por un profesional psicólogo”.
Teniendo en cuenta esta situación, Piñero consideró que había claros indicios de que la señora Blanco está siendo objeto de malos tratos por parte de Caballero (su tutelado) “invirtiéndose, en consecuencia, la carga asumida por Blanco, surgiendo de ello que se encontraría sometida a ciertas conductas arbitrarias del beneficiario de la medida, que la privarían de los medios suficientes y necesarios para ejercer dicho control”.
Restituyen la prisión domiciliaria al genocida Lucio Caballero
La decisión la tomó el juez Federal, Carlos Skidelsky. El represor condenado a 25 años de cárcel ahora vivirá con su nieto. En diciembre, el exconjuez Piñero ordenó que vuelva a la cárcel por ejercer violencia doméstica contra su esposa.
El juez Federal de Resistencia, Carlos Skidelsky, ordenó restituir el beneficio de prisión domiciliaria al genocida Humberto Lucio Caballero, condenado a 25 años de cárcel en la primera parte de la causa “Caballero” y procesado en la segunda. En diciembre, el represor había perdido esta posibilidad tras la denuncia de su esposa quien lo acusó de ejercer contra ella violencia física, psicológica y económica.
La decisión de Skidelsky, se plasmó en una resolución fechada el 13 de febrero último. El juez tomó en cuenta los argumentos esgrimidos por el defensor oficial, Gonzalo Molina, quien propuso restituir el beneficio a Caballero proponiendo para esto un nuevo domicilio: el de su nieto. El magistrado solicitó de manera accesoria que se realice un informe socioambiental de la nueva vivienda que alojará a Caballero, ubicada en calle Mendoza al 1400, de Resistencia.
También, y a pedido de la fiscalía, se solicitó que se le realice una Junta Médica para determinar en qué estado de salud se encuentra el represor, quien acusa ser diabético. La medida la llevará adelante el Cuerpo Médico Forense de la Corte Suprema en el transcurso de febrero. Los galenos también constatarán la sanidad Alberto Julio Manetti y el exmédico policial, Héctor Orlando Grillo.
“Analizadas las constancias de autos (…) estimo procedente la restitución –provisoria- del beneficio de arresto domiciliario a favor del prcesado (en la causa “Caballero Residual”) Humberto Luicio Caballero, en el domicilio consignado en calle Mendoza (…) de esta ciudad. (…) Todo ello sin perjuicio de lo que se dictamine oportunamente respecto de su estado de actual salud por los profesionales médicos del Cuerpo Médico Forense de la Corte Suprema de Justicia de la Nación”, señala Skidelsky.
En su resolución, el juez hizo saber además las pautas de conducta que deberá observar Caballero durante arresto domiciliario: “El beneficiario deberá abstenerse en todo momento de ingerir bebidas alcohólicas y poseer armas en su poder; tendrá que informar personalmente y/o a través de su cuidador por nota quincenalmente a este Tribunal los traslados, que efectúe para sus asistencia media. Deberá dar nombre de la persona que se encargue de su cuidado”.
Caballero estaba preso desde diciembre en la Unidad Penitenciaria Nº7 de Resistencia. Si bien estaba con prisión domiciliaria hasta ese mes, el exconjuez Federal, Juan Antonio Piñero ordenó que vuelva a una carcel común, luego de un informe del Patronato de Liberados en donde se dejaba constancia de las situaciones de violencia económica, psicológica y física que sufría la esposa del represor, que hacía las veces de su cuidadora.
“La esposa refiere que no están comiendo porque él retiene el dinero destinado a los alimentos. Además la esposa manifiesta que recibe maltratos físicos y verbales”, dijo la empleada del Patronato, al tiempo que sugirió que el genocida sea evaluado “por un profesional psicólogo”.
Teniendo en cuenta esta situación, Piñero consideró que había claros indicios de que la señora Blanco está siendo objeto de malos tratos por parte de Caballero (su tutelado) “invirtiéndose, en consecuencia, la carga asumida por Blanco, surgiendo de ello que se encontraría sometida a ciertas conductas arbitrarias del beneficiario de la medida, que la privarían de los medios suficientes y necesarios para ejercer dicho control”.
martes, 31 de enero de 2012
La impunidad continúa: liberan a comisario torturador
Causa Caballero Residual: liberan a excomisario de la Policía Federal.
Le dictaron falta de mérito
Se trata de Hugo Rubén Martínez. Había sido detenido a mediados de diciembre acusado de cometer delitos de lesa humanidad durante la dictadura en el Chaco. La Fiscalía apeló la decisión.
En el marco de la Causa Caballero Residual, donde se investigan delitos de lesa humanidad ocurridos durante la última dictadura en el Chaco, el ex conjuez Federal de Resistencia, Juan Antonio Piñero, dictó a fines del año pasado la falta de mérito y ordenó la liberación del excomisario de la Policía Federal, Hugo Rubén Martínez, acusado de privación ilegítima de la libertad y tormentos contra una exdetenida política. La fiscalía apeló la resolución.
Según se pudo saber Piñero realizó esta medida el 29 de diciembre último tras tomarle declaración indagatoria al imputado. Ante el exconjuez, Martínez (nombrado en la denuncia como “comisario Carlos Martinez”) negó tener responsabilidad en el hecho de tortura del que se le acusa. Dijo que durante 1976 era un oficial subalterno y que sólo realizaba tareas internas dentro de la Delegación de la Policía Federal y en el casino que funcionaba en el Aeropuerto de Resistencia.
“Si bien existen elementos de prueba suficientes para tener por acreditada la ocurrencia de los hechos que se vienen investigando, debo señalar que a la fecha del presente, no existen la concurrencia de ellos que permiten suponer que el imputado fuera el autor de los mismos”, resolvió el exconjuez en relación a la situación procesal de Martínez. Cabe recordar que el aún imputado en la causa había sido apresado a mediados de diciembre del año pasado por orden del propio Piñero en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Se trata de Hugo Rubén Martínez. Había sido detenido a mediados de diciembre acusado de cometer delitos de lesa humanidad durante la dictadura en el Chaco. La Fiscalía apeló la decisión.
En el marco de la Causa Caballero Residual, donde se investigan delitos de lesa humanidad ocurridos durante la última dictadura en el Chaco, el ex conjuez Federal de Resistencia, Juan Antonio Piñero, dictó a fines del año pasado la falta de mérito y ordenó la liberación del excomisario de la Policía Federal, Hugo Rubén Martínez, acusado de privación ilegítima de la libertad y tormentos contra una exdetenida política. La fiscalía apeló la resolución.
Según se pudo saber Piñero realizó esta medida el 29 de diciembre último tras tomarle declaración indagatoria al imputado. Ante el exconjuez, Martínez (nombrado en la denuncia como “comisario Carlos Martinez”) negó tener responsabilidad en el hecho de tortura del que se le acusa. Dijo que durante 1976 era un oficial subalterno y que sólo realizaba tareas internas dentro de la Delegación de la Policía Federal y en el casino que funcionaba en el Aeropuerto de Resistencia.
“Si bien existen elementos de prueba suficientes para tener por acreditada la ocurrencia de los hechos que se vienen investigando, debo señalar que a la fecha del presente, no existen la concurrencia de ellos que permiten suponer que el imputado fuera el autor de los mismos”, resolvió el exconjuez en relación a la situación procesal de Martínez. Cabe recordar que el aún imputado en la causa había sido apresado a mediados de diciembre del año pasado por orden del propio Piñero en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Tras ser notificado de la decisión, el Fiscal Federal de Resistencia, Patricio Sabadini, apeló la resolución de Piñero ante la Cámara Federal de esta ciudad. Pidió que se revoque la falta de mérito y que se ordene la inmediata detención de Martínez. En su escrito, con fecha del martes último, el fiscal consideró que, a la hora de resolver la situación procesal del imputado, el exconjuez no tuvo en cuenta el testimonio de la víctima que lo sindica a Martínez entre quienes participaron de las sesiones de tortura que sufrió a mediados de 1976 en la Brigada de Investigaciones.
“Sus argumentos” (en referencia a los de Piñero) “sólo circundan en cuestiones generales o abstractas pero, al mismo tiempo, pasa por alto la declaración” de la víctima, “y esto se verifica no solo por la ausencia de valoración del testimonio sin ser volcado en el auto sino porque el mismo Conjuez lo expresa cuando refiere ‘no existen la concurrencia de ellos que permiten suponer que el imputado Hugo Rubén Martínez fuera el autor de los mismos’”, cuestionó Sabadini.
El fiscal recuerda que en el requerimiento de instrucción presentado en su momento por el exfiscal ad hoc, Roberto Mena, surge no solo los hechos de privación ilegítima de la libertad sino de los tormentos padecidos durante el cautiverio de la mujer que denunció al expolicía. “Entre las sendas personas que identifica (la exdetenida política) se halla Martínez, a quien menciona como ‘Comisario de la Policía Federal’ entre los que participaron en las sesiones de tortura. En esta sesión ella se encontraba desnuda y ante la presencia de su hijo de ocho meses de edad, padeciendo las aplicaciones de electroshock mediante picanas eléctricas, durante dos días enteros”, señala Sabadini
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