martes, 31 de enero de 2012

La impunidad continúa: liberan a comisario torturador

Causa Caballero Residual: liberan a excomisario de la Policía Federal.
Le dictaron falta de mérito

Se trata de Hugo Rubén Martínez. Había sido detenido a mediados de diciembre acusado de cometer delitos de lesa humanidad durante la dictadura en el Chaco. La Fiscalía apeló la decisión.

En el marco de la Causa Caballero Residual, donde se investigan delitos de lesa humanidad ocurridos durante la última dictadura en el Chaco, el ex conjuez Federal de Resistencia, Juan Antonio Piñero, dictó a fines del año pasado la falta de mérito y ordenó la liberación del excomisario de la Policía Federal, Hugo Rubén Martínez, acusado de privación ilegítima de la libertad y tormentos contra una exdetenida política. La fiscalía apeló la resolución.

Según se pudo saber Piñero realizó esta medida el 29 de diciembre último tras tomarle declaración indagatoria al imputado. Ante el exconjuez, Martínez (nombrado en la denuncia como “comisario Carlos Martinez”) negó tener responsabilidad en el hecho de tortura del que se le acusa. Dijo que durante 1976 era un oficial subalterno y que sólo realizaba tareas internas dentro de la Delegación de la Policía Federal y en el casino que funcionaba en el Aeropuerto de Resistencia.

“Si bien existen elementos de prueba suficientes para tener por acreditada la ocurrencia de los hechos que se vienen investigando, debo señalar que a la fecha del presente, no existen la concurrencia de ellos que permiten suponer que el imputado fuera el autor de los mismos”, resolvió el exconjuez en relación a la situación procesal de Martínez. Cabe recordar que el aún imputado en la causa había sido apresado a mediados de diciembre del año pasado por orden del propio Piñero en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Tras ser notificado de la decisión, el Fiscal Federal de Resistencia, Patricio Sabadini, apeló la resolución de Piñero ante la Cámara Federal de esta ciudad. Pidió que se revoque la falta de mérito y que se ordene la inmediata detención de Martínez. En su escrito, con fecha del martes último, el fiscal consideró que, a la hora de resolver la situación procesal del imputado, el exconjuez no tuvo en cuenta el testimonio de la víctima que lo sindica a Martínez entre quienes participaron de las sesiones de tortura que sufrió a mediados de 1976 en la Brigada de Investigaciones.

“Sus argumentos” (en referencia a los de Piñero) “sólo circundan en cuestiones generales o abstractas pero, al mismo tiempo, pasa por alto la declaración” de la víctima, “y esto se verifica no solo por la ausencia de valoración del testimonio sin ser volcado en el auto sino porque el mismo Conjuez lo expresa cuando refiere ‘no existen la concurrencia de ellos que permiten suponer que el imputado Hugo Rubén Martínez fuera el autor de los mismos’”, cuestionó Sabadini.

El fiscal recuerda que en el requerimiento de instrucción presentado en su momento por el exfiscal ad hoc, Roberto Mena, surge no solo los hechos de privación ilegítima de la libertad sino de los tormentos padecidos durante el cautiverio de la mujer que denunció al expolicía. “Entre las sendas personas que identifica (la exdetenida política) se halla Martínez, a quien menciona como ‘Comisario de la Policía Federal’ entre los que participaron en las sesiones de tortura. En esta sesión ella se encontraba desnuda y ante la presencia de su hijo de ocho meses de edad, padeciendo las aplicaciones de electroshock mediante picanas eléctricas, durante dos días enteros”, señala Sabadini

miércoles, 4 de enero de 2012

Piñero: de defensor de genocida a conjuez en la misma causa. No quiere irse

Un conjuez acusado de defender a un represor generó un conflicto judicial

Por Gerardo Aranguren
Juan Antonio Piñero se niega a apartarse de una causa por delitos de lesa humanidad. La fiscalía de Resistencia lo acusó de parcialidad por sus vínculos con un torturador. La Cámara Federal de Apelaciones dirimirá el 10 de febrero.
 
A pesar de haber sido recusado por la fiscalía de Resistencia acusado de supuesta parcialidad por su relación con el represor, el conjuez chaqueño Juan Antonio Piñero se resiste a desprenderse de la causa Caballero residual por delitos de lesa humanidad.
Tras conocerse que representó al represor César Pablo Casco en su divorcio, el conjuez (un abogado designado únicamente para esta causa) mantiene una disputa con el fiscal de Resistencia Patricio Sabadini que se dirimirá recién el 10 de febrero, cuando la Cámara Federal de Apelaciones de Chaco convocó a una audiencia para tratar la cuestión.
A partir de un llamado anónimo, el fiscal Sabadini comenzó a investigar la relación de Piñero con Casco y encontró pruebas de que el conjuez había sido abogado del ex oficial del Servicio Penitenciario en la causa de su divorcio entre 1998 y 2006.
Sabadini presentó entonces la recusación al conjuez para que se aparte en la causa Residual Caballero “por peligrar la garantía de imparcialidad que debe guardar todo magistrado”, y advierte que la carencia de imparcialidad ya se advertía en las demoras evidentes del conjuez en aceptar el requerimiento de instrucción a Casco por el delito de tormentos.
“Esta falta de respuesta por parte de (Piñero) pone un manto sospecha respecto a la posibilidad de beneficiar a su ex cliente, en comparación a los demás coimputados. No podemos dejar de mencionar, además, la actitud frente a otros requerimientos presentados por esta fiscalía con mayor anticipación, entre los que se hallan, además de altos jefes militares y de la policía federal, magistrados y funcionarios de la justicia federal”, agregó el funcionario en la recusación.
A partir del pedido del fiscal y de las denuncias por las demoras en la causa, Piñero tuvo dos respuestas contradictorias: negó en primer momento que hubiese un pedido de la fiscalía para investigar a Casco y luego, cuando lo recordó, intentó apartarse únicamente del caso de su ex defendido para mantenerse al frente de la instrucción de la causa.
El 30 de diciembre se sumó a la disputa el juez federal de Resistencia, Carlos Skidelsky, quien se declaró competente para entender en toda la causa: “Entiendo que existe un temor razonable de posible parcialidad”, señaló en su resolución y aclaró que los distintos objetos de investigación en la causa “son inexorablemente conexos y constituyen el mismo objeto procesal”, por lo que consideró que la decisión de Piñero de apartarse del caso de Casco “no es posible sin afectar la garantía constitucional de imparcialidad”.
En la misma resolución, Skidelsky le solicitó a Piñero apartarse de la instrucción a lo que el conjuez se negó. Por eso, el caso se deberá resolver en la Cámara el próximo 10 de febrero.
Por más de 20 víctimas de tormentos, privación ilegítima de la libertad y desaparición, unos 25 represores se encuentran imputados por delitos de lesa humanidad en la causa Caballero Residual. Allí se encuentran acusados algunos represores que ya fueron condenados en la causa Caballero 1, como Humberto Caballero, a quienes se les suma el ex médico policial, Héctor Orlando Grillo; el ex juez Luis Córdoba; el ex fiscal, Roberto Mazzoni; y el ex pro secretario, Domingo Reska, entre otros.
Entre los nombrados, Casco es señalado como un feroz y cruel torturador entre los oficiales penitenciarios del Penal U7. Varios testigos declararon en la causa que Casco “era obsesivamente cruel y torturador. En circunstancias de infligir un castigo a los detenidos, los llevaban a otro calabozo y los dejaban desnudos en pleno invierno; los hacían bañar con agua fría y les daban la ración mínima de comida, recibiendo, asimismo, una atención médica pésima.”

sábado, 24 de diciembre de 2011

Un conjuez acusado de defender a un represor

Se trata de Juan Antonio Piñero, quien fue acusado por el fiscal Patricio Sabadini de haber defendido a Pablo Casco, exServicio Penitenciario Federal. El conjuez se defendió y señaló que es víctima de “hostigamiento”.
 
Tras el fervor de los juicios –con sentencia- por crímenes de lesa humanidad y el primer Margarita Belén con genocidas condenados por la matanza ocurrida hace 35 años, la polémica estalló en el futuro judicial de causas relacionadas a los derechos humanos, al  conocerse ayer una denuncia contra el conjuez Juan Antonio Piñero.
Sucede que ingresó al Juzgado Federal de Resistencia un pedido de recusación contra el conjuez Piñero, presentado por el flamante fiscal federal Patricio Sabadini (hace menos de dos semanas juró en su nuevo puesto, tras el aval del Senado a propuesta del Poder Ejecutivo Nacional).
En el escrito, el fiscal federal acusa a Piñero de haber sido abogado defensor del represor Pablo César Casco, que perteneció al Servicio Penitenciario Federal, y como tal, fue jefe de la denominada guardia dura de la U7.
Justamente, de la U7, donde estuvieron detenidos, entre otros, el hoy diputado nacional Carlos Kunkel, los militares sacaron a presos políticos que luego fueron fusilados en la conocida Masacre de Margarita Belén, en 1976.
A pesar de no haber estado de guardia en ese momento, fue el propio Casco quien obligó a los presos políticos a salir de las celdas, amenazándolos de que si se resistían iba a dejar actuar a los militares.
Más acá en el tiempo, durante el juicio por la Masacre de Margarita Belén, sustanciado en 2010 (con sentencia a principios de este año), Casco fue detenido por disposición del Tribunal Oral Federal, dando lugar al pedido de falso testimonio hecho por la Fiscalía y la Querella.
 
LA POLÉMICA
Con las sentencias firmes, la estrategia fue concentrarse a las denominadas causas residuales relacionadas a delitos de lesa humanidad. Así, debería haber una segunda parte de la Causa Caballero y otra por la Masacre de Margarita Belén.
En el caso de la Masacre, espera turno en el banquillo de los acusados el exmilitar Norberto Tozzo, quien no fue juzgado con sus camaradas de armas, primero, por estar prófugo; luego, porque se dilató su extradición desde Brasil.
Lo cierto es que fuente de la Fiscalía Federal señalaron que desde hace más de un año veían con preocupación que no avanzaba la investigación en el caso Casco. Esa preocupación, derivó en una investigación del fiscal Sabadini.
Esa investigación llegó a la Justicia Provincial chaqueña, buscando una conexión entre Piñero y Casco. En la base de datos digital del Poder Judicial provincial, se encontró la primera pista, datada en la neoliberal década menemista: 1998. El lugar: el juzgado conducido por Iride Isabel Grillo.
Según consta en la presentación del fiscal Sabadini el conjuez Piñero fue abogado del represor Casco, hecho que sería causal de recusación, ergo, que se debería sortear otro conjuez o bien que las causas residuales regresen al Juzgado Federal de Carlos Skidelsky, quien fue el que comenzó la investigación que derivaron en los primeros juicios por crímenes de lesa humanidad ocurridos en Chaco.
Ni bien se conoció la presentación judicial, el conjuez Piñero salió a refutar la recusación: “Es falsa”, declaró a FM Ciudad, de Resistencia. El conjuez también desmintió que haya habido requerimiento alguno para investigar el ex SPF Casco.
Piñero, que fue reconocido por la Cámara de Diputados del Chaco con un premio a la labor ligada a Derechos Humanos, fue aún más allá y aseguró que el pedido de recusación forma parte de un "hostigamiento" de la Fiscalía Federal.

sábado, 17 de diciembre de 2011

Por violencia doméstica, revocan prisión domiciliaria a un genocida

Se trata Humberto Caballero, condenado a 25 años en la primera parte de la causa que lleva su apellido y procesado en la segunda. Su mujer denunció violencia física, verbal y económica. El conjuez Piñero resolvió que vuelva a prisión.
Humberto Lucio Caballero volverá a prisión por someter a su esposa a malos tratos.
 
En una inédita resolución judicial, el conjuez Federal de Resistencia, Juan Antonio Piñero, resolvió revocar provisoriamente el beneficio de prisión domiciliaria al genocida Humberto Lucio Caballero, condenado a 25 años de cárcel en la primera parte de la causa “Caballero” y procesado en la segunda. Su mujer denunció que el represor la sometía a malos tratos, los cuales incluían violencia física, verbal y económica. Desde este miércoles está alojado en la Unidad Penitenciaria N°7 de la capital chaqueña.

Según confirmaron fuentes judiciales, la medida se produjo luego de que el conjuez Piñero recibiera un informe del Patronato de Liberados (Delegación Nordeste) en donde se denunció la situación por la cual atravesaba Cipriana Blanco, esposa del genocida Caballero y designada legalmente como guardadora de su custodia, es decir, responsable de que el represor cumpla las condiciones que la Justicia le impone para mantener el beneficio del arresto domiciliario.

La trabajadora social a cargo de dicha inspección elaboró el informe el 1 de diciembre último y señaló que de la visita que realizó al domicilio de Caballero surgen serios indicios de violencia familiar. “La esposa refiere que no están comiendo porque él retiene el dinero destinado a los alimentos. Además la esposa manifiesta que recibe maltratos físicos y verbales”, dijo la empleada del Patronato, al tiempo que sugirió que el genocida sea evaluado “por un profesional psicólogo”.

Protección hacia la mujer.
Teniendo en cuenta esta situación, Piñero consideró que hay claros indicios de que la señora Blanco está siendo objeto de malos tratos por parte de Caballero (su tutelado) “invirtiéndose, en consecuencia, la carga asumida por Blanco, surgiendo de ello que se encontraría sometida a ciertas conductas arbitrarias del beneficiario de la medida, que la privarían de los medios suficientes y necesarios para ejercer dicho control”.

“En tal contexto”, prosigue el conjuez, “advierto que en el supuesto de examen, podrían encontrarse comprometidos intereses superiores que deben ser objeto de investigación y que ameritan una inmediata intervención a fin de poner a resguardo los mismos”. Piñero enmarcó esta situación de violencia en la Ley 26.485 de protección integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en los ámbitos en que desarrollen sus relaciones interpersonales.
“La Declaración Sobre la Eliminación de la Violencia Contra la Mujer (Resolución de la Asamblea General 48/104 del 20 de diciembre de 1993), en su artículo 1º define "violencia contra la mujer": como todo acto de violencia basado en la pertenencia al sexo femenino que tenga o pueda tener como resultado un daño o sufrimiento físico, sexual o psicológico para la mujer, así como las amenazas de tales actos, la coacción o la privación arbitraria de la libertad, tanto si se producen en la vida pública como en la vida privada…”, añadió Piñero.

“En mérito a lo expuesto (…), a partir del contenido negativo que se desprende del informe de quien tiene a cargo la supervisión del cumplimiento de la medida dispuesta, entiendo que corresponde revocar –provisoriamente- el beneficio de arresto domiciliario oportunamente otorgado al encartado Caballero (…) y disponer (…) su inmediato traslado y alojamiento en la Prisión Regional del Norte (Unidad 7), dependiente del Servicio Penitenciario Federal”, completó.

Beneficios.
Con esta resolución el expolicía y subjefe de la Brigada de Investigaciones del Chaco desde 1975 hasta 1979, perdió el beneficio de estar preso en su casa que le otorgara en 2001 el actual juez Federal de Primera Instancia de Resistencia, Carlos Skidelsky. La medida del magistrado atendía únicamente a que el represor era mayor de 70 años, hecho por el cual un juez puede evaluar el otorgamiento del arresto domiciliario pero no está obligado a hacerlo. La decisión de Skidelsky fue ratificada tiempo después por la Cámara Federal de Apelaciones de Resistencia.

Cabe recordar que Caballero, junto a 10 expolicías y militares, fue condenado el 13 de diciembre del año pasado a 25 años de prisión como autor penalmente responsable del delito de tormento agravado por la condición de perseguido político de las víctimas, en 14 hechos, en concurso real.

Todos estos crímenes fueron considerados por el Tribunal Oral Federal de Resistencia como delitos de lesa humanidad cometidos durante el período comprendido entre 1.975 y 1.979 (plena dictadura) en la ex Brigada de Investigaciones de la Policía del Chaco. Caballero también está imputado en la segunda parte de la causa bautizada con su apellido (conocida como "Caballero Residual") en la cual se le imputan crímenes cometidos durante el Terrorismo de Estado que van desde los tormentos hasta la desaparición forzada de persona

viernes, 16 de diciembre de 2011

Acusado de tormentos y privación ilegítima de la libertad

Detuvieron al exmédico policial de la dictadura Héctor Grillo

La medida se concretó tras una orden del conjuez Federal, Juan Piñero, en el marco de la Causa Caballero Residual. Grillo está acusado de participar de sesiones de torturas durante los años de plomo. Actualmente es dueño de un sanatorio de Resistencia
El exmedico policial, Hector Grillo, en 1982.
 
El dueño del sanatorio Galeno y ex médico policial, Héctor Orlando Grillo, fue detenido por la Policía Federal acusado de privación ilegítima de la libertad y de participar activamente de tormentos y torturas durante la última dictadura. La decisión fue tomada por el conjuez Federal de Resistencia, Juan Antonio Piñero quien lo indagaría este martes. Con esta medida, comienza a extenderse la investigación por violaciones a los derechos humanos a los civiles que fueron colaboradores del Terrorismo de Estado.

Según informaron fuentes judiciales a CHACO DIA POR DIA, la detención de este médico (recordado también por firmar los certificados de defunción apócrifos de los fusilados de la Masacre de Margarita Belén) se dio entre el domingo y este lunes, en el marco de la causa Caballero Residual, que investiga crímenes de lesa humanidad en el Chaco los cuales tuvieron como núcleo la Brigada de Investigaciones de la capital chaqueña, que funcionó como uno de los centros clandestinos de detención más importantes del nordeste.

Tras su aprehensión, Grillo, de 68 años de edad, fue trasladado a la División de Bomberos de Resistencia donde estará alojado mientras se realizan las tareas de reconocimiento y su evaluación médica de rigor. Posteriormente, y en cumplimiento de la orden judicial, será trasladado a una comisaría de la zona metropolitana donde estará alojado en una celda especial teniendo en cuenta que perteneció a la estructura policial.

La orden de detención firmada por el conjuez Piñero tiene fecha el 5 de diciembre último y aclara que Grillo deberá prestar declaración indagatoria por la acusación que pesa sobre él por los delitos de Privación Ilegítima de la Libertad Agravada, en Concurso Real, con el delito de Tormentos Agravados, en calidad de autor.

UNA HISTORIA
Desde el informe final que la Comisión de Derechos Humanos de la Cámara de Diputados presentó ante la sociedad en 1985 donde se revelaron las atrocidades que perpetró la dictadura, el nombre de Grillo se repite una y otra vez en los testimonios de ex detenidos políticos que sufrieron los peores vejámenes y torturas físicas y psicológicas, tanto en la Dirección de Investigaciones, en la U7 ó en la Alcaidía de Resistencia.

Sin embargo, recién en los últimos años la Justicia federal dio pasos concretos en cuanto a la posibilidad de sentar en el banquillo al ex médico policial. En diciembre de 2009, el por ese entonces fiscal ad hoc, Roberto Mena, presentó un requerimiento de instrucción ante Piñero pidiendo que se impute a Grillo y a una treintena de represores por el delito de asociación ilícita.

En su presentación, Mena puntualiza que Grillo, según se desprende de varias declaraciones de ex prisioneros políticos que fueron torturados, como María José Teresa Presa, Rodolfo Amado Sobko, entre otros, su función dentro de la asociación ilícita era la “de participar en actos de tormentos poniendo a disposición de los autores de las torturas su conocimiento médico a fin de supervisar el sufrimiento de la víctima”.

El requerimiento expresa que tampoco comunicaba al Poder Judicial el estado de deterioro de las víctimas que en reiteradas ocasiones le revelaban las marcas de torturas y vejámenes que padecían, así como las condiciones lamentables de encierro. “Resultando su obligación denunciarlas por ser funcionario público con conocimientos específicos”, señala el fiscal.

PENTOTAL
El otro requerimiento de instrucción en contra de Grillo fue el que presentó en abril de 2010 el fiscal Federal, Gustavo Corregido, a través de la secretaría de Derechos Humanos, la cual estaba a cargo del doctor Mena. La misma está caratulada como “Giménez de Valladares Nora del Valle s/ Denuncia apremios ilegales, violación calificada y privación ilegítima de la libertad” y pide que se impute a Grillo y a una veintena de ex represores por los delitos ya advertidos en la carátula.

Giménez fue detenida en Resistencia junto a su hijo, Héctor Alberto Cecilio Valladares. El operativo estuvo a cargo de personal de civil perteneciente a la Brigada de Investigaciones. Luego de tres días de tormentos y torturas la trasladaron a un galpón ubicado cerca del río, probablemente Barranqueras, por el tiempo de viaje y el olor de la costa. Según relató, entre golpes e interrogatorios, el médico Grillo le colocó Pentotal en la espalda. Cabe recordar que el Pentotal (Tiopentato de sodio) es una droga que tiene un efecto sedante que desconcierta a la víctima y que los militares lo utilizaban como “suero de la verdad”. Sin embargo, el uso más conocido de esta droga durante la dictadura fue para sedar a los detenidos políticos que posteriormente eran arrojados vivos al mar desde aviones.

Además, mientras Gabino Manader y José Cardozo (fallecido impune) la interrogaban, Grillo controlaba el pulso y el ritmo cardíaco de la detenida. Posteriormente y por la acción del sedante y la tortura, Giménez pierde el conocimiento y reacciona tiempo después en una sala de la Brigada de Investigaciones. Allí, permanece junto a unos 30 detenidos que son torturados permanentemente y por efectos del Pentotal queda 40 días con la pierna derecha paralizada.

GA7
Cabe recordar que Grillo pertenecía al grupo Grupo de Artillería 7 y era miembro del cuerpo profesional del escalafón sanidad de la policía de la provincia en dependencia de los cuarteles de La Liguria. Uno de los hitos en su carrera, fue la firma de las actas de defunción de algunos de los fusilados en Margarita Belén, como Manuel Parodi, Patricio Tierno y Carlos Duarte.

A pesar de tener un pasado vidrioso, en democracia Grillo devino en próspero empresario. Su chalet ubicado en la calle Salta al 500 y el sanatorio Galeno, de Necochea al 200, que es de su propiedad, así lo demuestran. Una de sus últimas apariciones públicas fue el 4 de junio de 2010 en una nota publicada en el portal Diario Chaco. Bajo el título: “Médicos de la región crearon la Unión Gremial de Sanatorios del Nordeste”, Grillo aparece en el centro de una foto, sentado, con sus 67 años encima, rodeado de distintos dueños de clínicas chaqueñas.

En agosto del año pasado, y mientras se sustanciaba el juicio por la Causa Caballero 1, Grillo se presentó ante el Tribunal Oral Federal de Resistencia con la idea de prestar declaración testimonial. La intención del médico se frustró luego de que el abogado querellante, Mario Bosch y el Fiscal General, Germán Wiens Pintos recordaran que estaba imposibilitado de hacer tal declaración debido a que era uno de los requeridos en la causa Caballero Residual.

AUTOPSIAS
Donde sí lo dejaron declarar fue en la juicio por la Masacre de Margarita Belén. Fue el 16 de septiembre del año pasado. Esa mañana ingresó a la sala rengueando. Se lo vio bastante demacrado, pero en ningún momento demostró nerviosismo. Como era de esperarse, durante toda su declaración se ciñó a la historia oficial; “Fui convocado para certificar el deceso de unos fallecidos que estaban en el regimiento un lunes a última hora de mi guardia ( 13 o 14 horas aproximadamente)” . Llegó en un patrullero, no recuerda si acompañado o sólo, tampoco la autoridad que lo convocó.

Contó que vio 6 o 7 cuerpos en el suelo, estaban vestidos, medianamente limpios, no tenían lesiones pero si múltiples heridas de bala en abdomen y tórax. Todos eran nn. Había una mujer. No había cadáveres con balazos en la cabeza. Después de constatar todo esto, en Sanidad hizo los certificados de defunción. Como la causa de muerte “era evidente” no hizo autopsia.

Cuando se le preguntó por la posibilidad de notar un fémur quebrado sin autopsia respondió que en caso de producirse un desvío la fractura es evidente, pero que también pude pasar desaperciba. La pregunta hace referencia a Carlos Zamudio, asesinado en la Masacre. Zamudio tenía una fractura perimortem en el fémur izquierdo.

- ¿Usted sabía que es obligatorio hacer autopsias en caso de muerte violenta? – preguntó el querellante Mario Bosch.

-No – respondió Grillo, autor de un libro sobre medicina legal, y con una dilatada trayectoria como perito.

sábado, 5 de noviembre de 2011

Detuvieron a un ex policía chaqueño por crímenes de lesa humanidad

Un represor tras las rejas
 
Se trata de Miguel Peloso. Lo detuvieron agentes de la Policía Federal en el Colegio Marianista del barrio porteño de Caballito, donde vivía y trabajaba como portero. Será indagado en una causa por torturas y desapariciones durante la dictadura.

El ex policía chaqueño Miguel Peloso, imputado por delitos de lesa humanidad durante la última dictadura, fue detenido ayer en Buenos Aires por la Policía Federal. Fuentes del Ministerio de Seguridad informaron que Peloso, de 61 años, fue capturado por agentes de la comisaría 12ª en el Colegio Marianista del barrio de Caballito, donde tenía su residencia y trabajaba como portero. El represor, que llevaba más de tres décadas en libertad, debió ser trasladado por los policías al Hospital Durand porque sufrió un cuadro de hipertensión al momento de su detención. En los próximos días deberá ser indagado en la Justicia Federal de Resistencia, Chaco, en el marco de la causa “Residual Caballero Humberto Lucio y otros s/tormento agravado en concurso real con privación ilegal de la libertad y desaparición forzada de personas”.

En Chaco hubo hasta el momento dos juicios orales y públicos por delitos de lesa humanidad. El primero concluyó en diciembre con condenas de entre 15 y 25 años para diez policías y dos militares por más de ochenta crímenes cometidos entre 1975 y 1979 en la Brigada de Investigaciones de la policía de la provincia, el principal centro de detención clandestino del nordeste. El 16 de mayo concluyó el segundo juicio, con la condena a prisión perpetua para ocho militares y un policía por el asesinato de veintidós presos políticos en diciembre de 1976, fusilamiento que pasó a la historia como la Masacre de Margarita Belén.

Hace tres semanas, mientras sus compañeros comenzaban a cumplir sus condenas, llegó al país, extraditado desde Brasil, el represor Norberto Tozzo, acusado también de participar en la masacre. El militar retirado, que ya pasa sus días en la Unidad Penitenciaria 7 de Chaco junto con sus camaradas, intentó despegarse durante su declaración indagatoria de la masacre, señalando que se enteró casi dos horas después de ocurrido el fusilamiento, y culpó de su imputación al ex jefe del Destacamento de Inteligencia 124, Armando Hornos, que era entonces su superior inmediato. Indagado por el juez federal Carlos Skidelsky, el ex militar precisó que se enteró “del hecho conocido como Margarita Belén a las 6.45 del 13 de diciembre de 1976” y que “inmediatamente tomó uno de los vehículos del servicio, si mal no recuerdo un Renault 4 blanco, y me dirijo a la zona, donde me habían informado que vehículos militares pertenecientes al área 232 que se dirigían a Formosa fueron atacados”. Tozzo dijo haber visto “tres personas muertas que estaban alineadas en la banquina, en la ruta, y otras dos personas en un vehículo de color blanco” y contó que el jefe del área militar 233, Jorge Larrateguy, “me relató lo que según él había ocurrido”, léase un ataque a un convoy militar que concluyó con 22 muertos entre los atacantes y ningún herido en la tropa propia. Según la sentencia del juicio por la masacre, Tozzo integró el convoy que participó del fusilamiento como acompañante de Germán Riquelme, uno de los condenados, en un camión Unimog 416 del Ejército que iba como escolta del vehículo que trasladaba a los detenidos.

Esta semana, en tanto, el conjuez federal Juan Piñero procesó con prisión preventiva al suboficial principal retirado Angel Jorge Ibarra, alias El Loquito. El magistrado también amplió el procesamiento de otros ocho represores, en su mayoría condenados, y dictó la falta de mérito para otros once acusados. Chaco Día por Día informó el miércoles que según declaraciones de varios ex detenidos, Ibarra era miembro de la guardia de la Brigada de Investigaciones, el centro clandestino de detención que funcionaba frente a la plaza central de Resistencia, antes y después de la dictadura. Los procesamientos del juez Piñero alcanzaron también a los ex policías Enzo Breard, José Rodríguez Valiente, Gabino Manader, Humberto Lucio Caballero, José Marín (alias Cabo Sotelo) y Ramón Esteban Meza, y al ex militar Luis Alberto Patetta

lunes, 24 de octubre de 2011

El represor Tozzo declarará ante el juez Skidelsky

Acusado de participar de la Masacre de Margarita Belén

El juez Federal de Resistencia le tomará declaración indagatoria en el marco de la segunda parte del juicio por la matanza de más de 20 militantes durante la madrugada del 13 de diciembre de 1976. Gonzalo Molina será su abogado defensor.

El represor acusado de participar de la Masacre de Margarita Belén, Norberto Tozzo, declarará este martes 25/10/2011, ante el juez Federal de Resistencia, Carlos Skidelsky, confirmaron fuentes judiciales. Se le pedirá que aporte precisiones sobre su participación en el fusilamiento clandestino de al menos 22 detenidos políticos ocurrido en la madrugada del 13 de diciembre de 1976.

La declaración indagatoria del represor se realizará en la Secretaria de Derechos Humanos, Penal III que funciona en calle Juan Domingo Perón, de Resistencia. Tal como lo anticipó este portal, Tozzo confirmó este martes que el defensor oficial de la Justicia Federal, Gonzalo Molina, será su representante legal.

Desde este lunes (24/10/2011) Tozzo se encuentra alojado en la Unidad Penitenciaria Nº7 de Resistencia, en el lugar destinado para imputados o condenados por delitos de lesa humanidad. Está acompañado de sus camaradas de armas Ernesto Simoni (condenado a cadena perpetua en la primera parte del juicio por la Masacre), Albino Luis Borda y Ángel Jorge Ibarra (ambos imputados en la denominada Causa Caballero Residual).

Cabe recordar que el lunes, en medio de un fuerte operativo de seguridad, Tozzo llegó al Chaco para responder ante la Justicia en lo que será la segunda parte del juicio por la Masacre de Margarita Belén, que eventualmente lo tendrá como único protagonista. Tozzo pisó el aeropuerto internacional de Resistencia, proveniente de Buenos Aires, donde se encontraba detenido desde el viernes, luego de la extradición propiciada por el gobierno brasileño, donde estuvo preso desde 2008.

Tozzo nació el 6 de octubre de 1945 en Buenos Aires. Fue militar, empresario, bon vivant y ahora recluso en una cárcel calurosa en Resistencia. Durante la dictadura Tozzo fue agente del Destacamento de Inteligencia 124 de Resistencia –que dependía directamente del Batallón 601– y ya en democracia se recicló como empresario de los medios de comunicación en varias localidades entrerrianas, donde era dueño de un servicio de televisión por cable y una radio de frecuencia modulada.

En Entre Ríos, el militar manejaba un canal de cable de María Grande que opera también en Hasenkamp, Viale, Tabossi, Aldea Santa María, El Pingo y Estación Sosa –entre otras– a través de la firma Emprendimientos Comunicacionales Sociedad Anónima. Inclusive la empresa realizó las filmaciones de las sesiones de la Convención Constituyente de esa provincia que sesionó en 2008. Tras la fuga y detención de Tozzo, el negocio quedó a cargo de su hijo Santiago, que vive en Hasenkamp con el resto de la familia.

LA MASACRE
El 13 de diciembre de 1976, en un simulacro de traslado a una cárcel de mayor seguridad en Formosa, una veintena de presos políticos que se encontraban en distintos centros de detención de Resistencia fueron fusilados en una zona de montes a la altura de la localidad de Margarita Belén.

Oficialmente se dijo que “una banda armada” atacó a “una columna que transportaba detenidos subversivos con la aparente intención de liberarlos o eliminarlos a efectos de evitar declaraciones comprometedoras”. Lo cierto es que la masacre había sido planificada varios días antes por los altos mandos militares y algunos de ellos sobrevolaron en un helicóptero oficial la zona donde se produjo el fusilamiento.

Se sabe que Tozzo era uno de los integrantes del convoy. Concretamente, viajaba como acompañante de Germán Emilio Riquelme (condenado a perpetua en el primer juicio por la Masacre) en un camión Unimog 416 del Ejército que iba como escolta del vehículo que llevaba a los detenidos y, una vez en el lugar, fue uno de los ejecutores, según quedó consignado en la sentencia del juicio que se realizó este año y en el que fueron condenados ocho exmilitares a perpetua.

Fue apresado en 2003 por la Justicia chaqueña y luego liberado tras un polémico hábeas corpus concedido por la Cámara Federal de Apelaciones de Resistencia. Una vez que se ordenó la recaptura de los represores imputados, Tozzo escapó. Permaneció prófugo al menos un lustro, hasta que fue detenido el 17 de septiembre de 2008 por Interpol, escondido en el “Ipanema Tower”, un hotel de lujo de Río de Janeiro. Su extradición fue aceptada en mayo último por el Tribunal Supremo de Brasil y ratificada el mes pasado por un decreto de la presidenta, Dilma Rousseff. Sin embargo, las autoridades brasileñas impusieron una serie de restricciones para su juzgamiento en Argentina.

RESTRICCIONES
El represor está acusado por secuestros, homicidios y desapariciones forzadas de personas, que conlleva una pena de prisión perpetua. Pero la extradición fue concedida para que sea juzgado sólo por el delito de secuestro calificado, un crimen de carácter continuado que persiste hasta hoy, en virtud de que “las cuatro personas que estaban bajo la guardia de los militares policiales aún permanecen desaparecidas”, según consta en la resolución del Tribunal Supremo.

Específicamente se refiere a Roberto Yedro, Reynaldo Zapata Soñéz, Fernando Piérola y Julio Pereyra, a quienes los militares dieron como prófugos. Asimismo, el máximo organismo de justicia brasileño consideró que los homicidios que se le imputan a Tozzo están prescriptos –a diferencia de la interpretación que se hace en Argentina–, pero no hizo lugar a la invocación efectuada por la defensa respecto a la falta de pruebas y a la amnistía dictada por la ley de obediencia debida.

Respecto de las penas, como en Brasil no existe la prisión perpetua, el máximo que se le podría imponer es de 30 años, pero se dejó establecido que deberá descontarse el tiempo que ya ha pasado en la cárcel desde su detención en septiembre de 2008. Sin embargo, queda por delante un largo camino judicial.