jueves, 26 de mayo de 2011

Amplían el procesamiento de un acusado por el delito de violación

Así lo indicó el fiscal ad hoc, Diego Vigay. Es en el caso de Sara Fulvia Ayala, desaparecida durante la dictadura. La defensa del imputado Albino Borda planeteó que la acusación es sobre un crimen ya prescripto.
Sara Fulvia Ayala de Morel está desaparecida desde 1977.

Las violaciones sexuales a detenidos y detenidas políticas durante la última dictadura militar son crímenes de lesa humanidad.
Así lo ratificó la fiscalía Federal de Resistencia, en el caso en donde se investiga la comisión de este aberrante crimen contra Sara Fulvia Ayala de Morel, ocurrida durante su detención en la Brigada de Investigaciones del Chaco, lugar donde se la vio por última vez en 1977. Por el hecho está detenido en calidad de imputado Albino Luis Borda, quien fue llavero de esa dependencia policial.
Si bien durante mucho tiempo se consideró a los ataques sexuales -principalmente a las detenidas- como hechos aislados dentro de la maquinaria del terror instaurada durante la última dictadura, la repetición de testimonios y relatos sobre lo cotidiano de estos hechos en los centros clandestinos de detención (CCD) hizo que se dieran fallos en los cuales ya se los tomó como crímenes de lesa humanidad (imprescriptibles), como el producido por el Tribunal Oral de Mar del Plata, en junio de 2010, contra un ex suboficial de la Fuerza Aérea.
A nivel provincial, y en el marco de la denominada Causa Caballero Residual, donde se investiga torturas, tormentos y desapariciones de personas en la Brigada de Investigaciones, la defensa de Borda presentó un escrito al conjuez Federal, Juan Antonio Piñero, señalando que el ex llavero está siendo acusado por un crimen ya prescripto, hecho en el cual, según el Código Penal, se requiere la denuncia de la víctima, que en el caso de Ayala de Morel nunca se realizó.
LA RESPUESTA
Piñero corrió vista de este planteo a la querella y al Ministerio Público Fiscal. El fiscal ad hoc, Diego Vigay, respondió este lunes a este planteo señalando que el delito por que lo imputó a Borda es imprescriptible por ser considerado como un hecho de tortura más dentro del accionar represivo para destruir física y mentalmente a los detenidos políticos con la intención de sacarles información.
Por otra parte, indicó que en el caso de Ayala de Morel, por su condición de desaparecida, resulta imposible que la víctima haya podido hacer planteo alguno sobre lo sucedido. De este modo, la denuncia sobre la violación es perfectamente válida con el hecho de plantear testigos que hayan podido tener certezas sobre los padecimientos que sufrió la víctima.
“Este Ministerio Publico Fiscal”, señaló Vigay en su escrito, “entiende que en este caso el delito de violación cometido por Borda en su carácter de efectivo de la policía de la provincia del Chaco, desempeñándose en el Centro Clandestino de Detención que funcionara en la Brigada de Investigaciones; contra Sara Fulvia Ayala de Morel, quien se encontraba en el lugar en carácter de detenida desaparecida por razones políticas y en el marco y como parte de tormentos, apremios y vejámenes, integra claramente la categoría de delito de lesa humanidad”.
El fiscal ad hoc recordó que entre 1976 y 1983 se montó en nuestro país “una estructura estatal ilegal, dirigida por las Fuerzas Armadas en correspondencia con otras fuerzas de seguridad, en este caso la Policía de la Provincia del Chaco, que desarrolló un plan clandestino y metódico de represión ilegal tendiente a eliminar y/o quebrar en su voluntad a determinados grupos de personas, que por la ideología política que profesaban eran considerados enemigos de la patria”.
“El mentado plan clandestino de represión comprendió una masiva y sistemática violación de los derechos humanos que abarcó la más amplia gama de vejaciones”, sostuvo Vigay. Y añadió: “En este contexto, era frecuente que las personas, ilegalmente detenidas en los centros clandestinos de detención como es el caso de la Brigada de Investigaciones del Chaco, fuesen sometidas sexualmente por sus captores o guardianes”.
“Los elementos de prueba reunidos en la causa permiten señalar que la comisión de los delitos que se investigan fue posible en tanto se amparó en los mecanismos creados a fin de aniquilar a un sector de la población civil; que a través de los mismos también se intentó garantizar su impunidad; que todo ello fue usufructuando recursos e infraestructura del Estado de los que se disponía ilegítimamente, y a los que se dio el fin aberrante de devastar aquellas manifestaciones disidentes al régimen”, señaló Vigay.
Tras este planteo, resta la respuesta del abogado querellante, Mario Bosch y la posterior definición de Piñero respecto de la situación procesal de Borda, que, según fuentes judiciales, podría estar en 15 días.
SARA Y PEDRO
Según consta en el Informe Final de la Legislatura Chaqueña, realizado en la década del ‘80, y en la investigación realizada por la Comisión Nacional de Desaparición de Personas (Conadep) el matrimonio Morel (que pertenecían a la organización Montoneros) fue detenido en Claypole, Buenos Aires, junto con el dueño de casa; un hombre de apellido Sobko.
En ese procedimiento, la niña Mabel Morel y un niño llamado Beto, del matrimonio Sobko, fueron entregados primero a unos vecinos (los Reiter) y luego a la jueza Marta Pons, a cargo del Tribunal Nº 1 de Lomas de Zamora (Provincia de Buenos Aires).
Con los pequeños en mano de la Justicia, Sara y Pedro fueron trasladados sucesivamente a Misiones, Goya (Corrientes), a Formosa (Regimiento 29 de Infantería de Monte) y, por último, a Resistencia, donde fueron vistos el 19 de mayo de 1977 en la Alcaidía Policial y el 24 de mayo de 1977 en la Dirección de Investigaciones.
Por las declaraciones de los otros detenidos que los vieron, en la Brigada de Investigaciones ambos estaban en condiciones físicas deplorables. Morel tenía la cara destrozada y los testículos sangrantes y colgando hasta las rodillas. Mientras que Sara tenía el rostro muy golpeado. Además, según los ex detenidos Gerardo Delgado y Rodolfo “Rody” Sobko, Sara había sido vejada en reiteradas oportunidades por Borda y Rubén Héctor Roldán, alias Chuleta.
Mientras esto sucedía, la madre de Sara (Celia Justina Collar de Ayala) buscaba su paradero, pero todas las gestiones fueron todas con resultado negativo: nota ante el Ministerio del Interior (26 de octubre de 1977), nota dirigida al mismo Ministerio del Interior en 1980 y Hábeas Corpus presentado ante el Juzgado Federal de Resistencia, a cargo de Luis Ángel Córdoba, y el Palacio de Justicia de Buenos Aires, ambos en 1977 y ambos rechazados. Ese mismo año, Sara y Pedro desaparecieron.

lunes, 16 de mayo de 2011

Masacre Margarita Belén: Prisión perpetua para 8 militares y absolución a 1 policía

El Tribunal Oral Federal de Resistencia sentenció ayer a prisión perpetua a ocho represores y absolvió a uno de los imputados en la causa “Margarita Belén”, por delitos de lesa humanidad. Durante la lectura del fallo, familiares y allegados de las víctimas y organizaciones de derechos humanos encabezaron una marcha en la puerta del juzgado.

Los militares fueron acusados de fusilar a 22 presos políticos cuando eran trasladados desde el Chaco hacia el penal federal de Formosa, durante la última dictadura militar.

En horas de la tarde, se leyó el veredicto del Tribunal presidido por Gladys Yunes, en el que se condenó a perpetua en cárcel común a Gustavo Athos, Horacio Losito, Aldo Martínez Segón, Jorge Daniel Carnero Sabol, Ricardo Guillermo Reyes, Germán Emilio Riquelme, Ernesto Jorge Simoni, Luis Alberto Patetta.

En tanto, el ex policía Alfredo Luis Chas, considerado como partícipe secundario, fue absuelto de culpa y cargo.

Los ex militares fueron sentenciados por los delitos de homicidio agravado por alevosía y por el número de partícipes; privación ilegítima de la libertad agravada por el tiempo, y desaparición forzada de personas.

El hecho ocurrió el 13 de diciembre de 1976, cuando 22 jóvenes, hombres y mujeres, la mayoría de ellos militantes peronistas, fueron fusilados en cercanías de la localidad chaqueña de Margarita Belén, cuando eran trasladados a un penal de Formosa.

Las víctimas de la denominada “masacre de Margarita Belén”, fueron: Patricio Blas Tierno, Néstor Sala, Carlos Zamudio, Luis Angel Barco, Roberto Yedro, Delicia González, Luis Díaz, Fernando Pierola, Raúl Caire, Sergio Pereyra, Carlos Duarte, Carlos Tereszecuk, Manuel Parodi Ocampo, Luis Fransen, Ema Cabral, Reinaldo Zapata y Mario Cuevas.

En tanto, no se conocen aún las identidades de 5 de las víctimas que no fueron identificadas, 3 hombres y 2 mujeres.

En la puerta del Juzgado Federal, ubicado frente a la plaza 25 de Mayo de la capital chaqueña, cientos de personas, representantes de organizaciones de derechos humanos, organizaciones sociales, estudiantiles y partidos políticos celebraron el fallo.

Con audio y pantalla gigante, presenciaron el veredicto mientras sostenían carteles, banderas y pancartas de la JP-Descamisados, MTD, ATE, CTA, JUP, PC, Barrios de Pie, y Movimiento 26 de Julio, entre otros.

Con cánticos y gritos los manifestantes festejaron el fallo que condenó a los imputados de violaciones a los derechos humanos.

“Es un fallo histórico” dijo el abogado querellante Mario Bosch, al finalizar la audiencia, a la vez que agregó que se trata de “un fallo de jueces independientes”.

En tanto, el letrado dijo no compartir la sentencia de absolución y señaló que esperarán conocer los fundamentos del veredicto, el próximo 12 de julio.

“Se condenó a los máximos responsables de los fusilamientos a perpetua en cárcel común, sin ningún tipo de privilegios”, dijo Bosch en declaraciones.

Por su parte, Martín, el hijo de una de las víctimas de la masacre, Luis Díaz, dijo que siente “una pequeña sensación de alivio” y que “se hizo justicia”.

En este mismo sentido, Daniela, la hija de Carlos Zamudio, ejecutado hace 35 años en Margarita Belén afirmó que “se cierra una historia. En un momento se remueve toda tu vida, es terrible”, expresó en medio de las lágrimas.

Sobre los hechos de 1976, la querella relató días atrás en los alegatos que “pasadas las 3.30 (del 13 de diciembre), al menos un patrullero, y dos camiones del Ejército partieron rumbo a Formosa por la ruta 11. Antes de la 5 de la mañana el convoy detuvo su marcha a la altura del viejo camino a El Zapallar”.

“Allí fusilaron a los presos: los imputados usaron sus FAL e hicieron desaparecer a un grupo para enmascarar el asesinato como un intento de fuga, la versión oficial”.

Fueron querellantes en esta causa, los familiares de las victimas, la subsecretaría de Derechos Humanos de la provincia del Chaco y la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación.

A pocos kilómetros de Margarita Belén, un monumento recuerda a las víctimas en el mismo lugar donde fueron fusilados, con esculturas de tamaño natural que representan a los 22 jóvenes.

En tanto, en el Aula Magna de la Universidad Nacional del Nordeste (de Resistencia), un gran mural recuerda la masacre, obra realizada por Amanda Mayor de Piérola, artista plástica de la Provincia de Entre Ríos y madre de Fernando Gabriel Piérola, uno de los jóvenes fusilados, bajo el título “Argentina, dolor y esperanza”.

A 35 años de este delito de lesa humanidad, los familiares de las víctimas festejaron, lloraron y se abrazaron luego de la sentencia, en compañía de centenares de personas que se concentraron frente al edificio del Tribunal Oral Federal de Resistencia.

El próximo 12 de julio se dará a conocer el fundamento de la sentencia que condenó a 8 militares por la masacre de Margarita Belén y absolvió a un policía.

domingo, 15 de mayo de 2011

Espera de la sentencia por la Masacre de Margarita Belén

Algunos de los represores
“Se pudo probar que fue un fusilamiento”

En el proceso que se desarrolla en el Tribunal Oral Federal del Chaco hay nueve represores acusados por delitos de lesa humanidad. Las querellas pidieron prisión perpetua, salvo en un caso.

 Por Alejandra Dandan

Concluye en Chaco el juicio oral por la masacre de Margarita Belén, un juicio histórico y un proceso durante el cual los familiares de las víctimas atravesaron una doble sensación. “Teníamos conciencia del pacto del silencio de los represores, pero al mismo tiempo estaba la esperanza de que en algún momento, en medio de la sala, y de forma repentina, pudieran decir dónde están los cuerpos de los desaparecidos”, dice Dafne Zamudio, hija de Carlos Zamudio, uno de los militantes asesinados que ahora sabe que el pacto no se rompió. “Los responsables no dijeron nada, y no van a decir nada, entonces es otra vez retomar ese camino de búsqueda, que en realidad nunca abandonamos, pero es otra vez volver a los papeles, a las excavaciones, a los pequeños datos para ir adelante.” Hoy, el Tribunal Oral Federal chaqueño pronunciará la sentencia. Deberá decidir si condena o no a los nueve represores acusados, para quienes las querellas pidieron condena a prisión perpetua (excepto un caso).

El juicio empezó el 3 junio de 2010 y pasaron más de 120 testigos. Es la primera etapa de una causa más amplia en la que se juzgaron a los represores por 15 víctimas, 4 de las cuales permanecen desaparecidas. Durante las audiencias, el correr de los testimonios aportó datos, pero dejó preguntas abiertas, no sólo sobre la existencia de otras víctimas sino sobre nuevos y más responsables. “El juicio confirmó todas las hipótesis que traíamos con relación a las víctimas, y fueron apareciendo elementos para confirmar sospechas de otras”, dice a Página/12 Mario Bosch, querellante por Familiares, la Secretaría de Derechos Humanos de Nación y el CELS. “Surgieron además muchas evidencias sobre el rol de la Justicia federal, el médico de policía y el área de Inteligencia como para continuar con la investigación.”

El rol del Poder Judicial fue uno de los ejes del proceso y de aquí en más será uno de los nudos a trabajar en “la causa residual”. En esa línea, la querella elevó un listado con nombres de quienes deberían ser los próximos imputados. Un caso paradigmático es el del ex juez federal Angel Córdoba, retirado luego de la dictadura y quien “no investigó nada”, dice Bosch en relación con la identidad de los NN. El abogado marcó que, aun considerando que no lo haya hecho porque creía que los militantes eran “atacantes”, debía haberlos identificado: en cualquier investigación un juez investiga al muerto de una banda porque puede conducirlo a los prófugos. Córdoba no lo hizo porque –dice Bosch– “su objetivo era no investigar: eso lo hacía funcional a la impunidad del crimen”.

Uno de los momentos más importantes del juicio, dice Dafne, fueron los alegatos: “Conocimos el hecho total para saber lo que pasó realmente y la reconstrucción resultó muy demostrativa: para nosotros en ese momento ya no había hipótesis, eran hechos con pruebas”.

Los imputados que hoy escucharán la sentencia son Horacio Losito, Luis Alberto Patetta, Martínez Segón, Jorge Carnero Sabol, Athos Rennes, Ricardo Reyes, Germán Riquelme, Ernesto Simoni, para quienes todas las querellas pidieron prisión perpetua. También está acusado el policía Alfredo Chas para quien pidieron entre 20 y 25 años de prisión como partícipe secundario.

El juicio permitió poner en discusión nuevamente en la provincia la masacre ocurrida el 13 de diciembre de 1976. “Nos sirvió para instalar la verdad –dice Dafne– porque, más allá de que se sabía de la masacre, ciertos sectores es como que creían en el enfrentamiento y justificaban el accionar o la muerte. Con este juicio se pudo probar que realmente lo que pasó fue un fusilamiento.”

Durante el día de hoy termina el debate pero, como dice Bosch, “continúa investigándose la masacre de Margarita Belén: socialmente no podemos cerrar esto porque estamos condenando a ejecutores, pero ni son todos, ni son los únicos responsables: hay que pensar por ejemplo que no está siendo juzgado ni siquiera el propio Cristino Nicolaides, que era jefe de área; ahora está muerto, pero cuando empezó el juicio no, y no pudimos avanzar porque estaba beneficiado por el indulto”.

martes, 3 de mayo de 2011

Los defensores de los genocidas acusan a los testigos

Los defensores de los represores pidieron la nulidad del juicio y la absolución
Se acerca la sentencia de Margarita Belén

Los defensores oficiales se basaron en cuestiones técnicas. El abogado Carlos Pujol, en cambio, pidió el procesamiento por falso testimonio para cincuenta testigos y dijo que muchos desaparecidos “figuran con documentos falsos en otros países”.
 Por Gonzalo Torres

El juicio oral por la masacre de Margarita Belén, en el Chaco, entró en su etapa final. Entre el lunes y ayer, los abogados defensores pidieron la nulidad de la acusación a sus defendidos y su absolución de culpa y cargo por la matanza de los 22 presos políticos que fueron ejecutados en diciembre de 1976.

Los defensores oficiales Juan Manuel Costilla y Federico Carniel –representan a Luis Alberto Patetta, Horacio Losito, Ricardo Reyes, Ernesto Simoni y Alfredo Luis Chas– pidieron la nulidad de la acusación a sus defendidos. Invocaron razones de “insuficiencia probatoria” y la aplicación del principio de “beneficio de la duda”.

El eje del alegato de la defensoría oficial giró en torno de cuestiones técnicas, con especial atención en determinados aspectos formales de la prueba y de las imputaciones, como por ejemplo la utilización de las declaraciones de los imputados realizadas en sede de instrucción militar, la prescripción de la acción penal, la forma en la que se realizaron las acusaciones y la atipicidad de la figura de desaparición forzada de personas en el derecho penal. Los hechos que se juzgan no fueron abordados con la misma profundidad. En cuanto a los “tecnicismos” pronunciados, la mayoría de ellos ya han sido resueltos en tribunales de alzada.

Sobre los hechos concretos, los abogados defensores intentaron desaprobar la existencia de la masacre sin llegar al extremo de aceptar la coartada del enfrentamiento y alegaron que el Tribunal no puede tener “la necesaria certeza absoluta” de cómo sucedieron los hechos para dictar una sentencia condenatoria.

La defensa refutó la incorporación como prueba documental de las declaraciones de los imputados en el juzgado de instrucción militar durante el año ’84. Estas declaraciones revisten importancia porque son una prueba contundente de que los imputados estuvieron en el lugar de los hechos el 13 de diciembre de 1976. Más allá de las consideraciones respecto de qué Justicia debía juzgarlos, si la Justicia civil o los jueces castrenses, las declaraciones fueron tomadas siguiendo el mecanismo que mandaba la ley de esa época, sin coacción de ningún tipo ni violación de las garantías constitucionales de los declarantes. Esto fue resuelto por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en reiterados fallos. En el caso específico de la causa “Masacre”, fue resuelto por el juez de instrucción al dictar el auto de procesamiento, por la Cámara Federal de Resistencia, por la Cámara Nacional de Casación y finalmente por el mismo Tribunal que lleva la causa durante el planteamiento de las cuestiones preliminares al manifestar que las declaraciones en sede judicial son perfectamente válidas.

El abogado querellante Mario Bosch lo explicó de este modo: “Los abogados defensores no tienen línea argumental. No porque les falte capacidad, porque son profesionales muy capaces, pero es tal la contundencia de la prueba que no les queda otra alternativa que repetir planteos a sabiendas de que van a caer en saco roto. Las pruebas son contundentes y abundantes y muchas de las cuestiones ya fueron resultas en la Causa 13 del Juicio a las Juntas”, sentenció el abogado.

Ayer, el abogado Carlos Pujol defendió a sus representados atacando: pidió el procesamiento por “falso testimonio agravado (10 años de pena) para cincuenta testigos de la causa, la mayoría ex detenidos políticos.

Pujol acompañó su defensa de los militares Aldo Martínez Segón, Jorge Daniel Carnero Sabol, Gustavo Athos Renes y Germán Emilio Riquelme con la proyección de diapositivas. Ratificó todo lo dicho por sus colegas defensores, acusó a la querella y a la fiscalía de “deslealtad procesal”, razonó sobre la estrategia militar en casos de ataque para intentar explicar por qué un civil no pude entender jamás de qué se trata la “obediencia debida militar” y se permitió decir que el traslado de detenidos políticos (durante el cual se simuló un intento de fuga) se ejecutó por la noche porque “en diciembre hace mucho calor”.

Por último se despachó con una curiosa explicación de la desaparición forzada de personas durante el terrorismo de Estado: “Posiblemente en Argentina en hubieron (sic) desaparecidos, pero también es cierto que mucha de esa gente figura con documentos falsos en otros países”... Su chicana cayó en saco roto: la nutrida “barra de la memoria” presente en la sala lo escuchó en silencio, respetuosa del pedido del tribunal de guardar recato.