sábado, 24 de diciembre de 2011

Un conjuez acusado de defender a un represor

Se trata de Juan Antonio Piñero, quien fue acusado por el fiscal Patricio Sabadini de haber defendido a Pablo Casco, exServicio Penitenciario Federal. El conjuez se defendió y señaló que es víctima de “hostigamiento”.
 
Tras el fervor de los juicios –con sentencia- por crímenes de lesa humanidad y el primer Margarita Belén con genocidas condenados por la matanza ocurrida hace 35 años, la polémica estalló en el futuro judicial de causas relacionadas a los derechos humanos, al  conocerse ayer una denuncia contra el conjuez Juan Antonio Piñero.
Sucede que ingresó al Juzgado Federal de Resistencia un pedido de recusación contra el conjuez Piñero, presentado por el flamante fiscal federal Patricio Sabadini (hace menos de dos semanas juró en su nuevo puesto, tras el aval del Senado a propuesta del Poder Ejecutivo Nacional).
En el escrito, el fiscal federal acusa a Piñero de haber sido abogado defensor del represor Pablo César Casco, que perteneció al Servicio Penitenciario Federal, y como tal, fue jefe de la denominada guardia dura de la U7.
Justamente, de la U7, donde estuvieron detenidos, entre otros, el hoy diputado nacional Carlos Kunkel, los militares sacaron a presos políticos que luego fueron fusilados en la conocida Masacre de Margarita Belén, en 1976.
A pesar de no haber estado de guardia en ese momento, fue el propio Casco quien obligó a los presos políticos a salir de las celdas, amenazándolos de que si se resistían iba a dejar actuar a los militares.
Más acá en el tiempo, durante el juicio por la Masacre de Margarita Belén, sustanciado en 2010 (con sentencia a principios de este año), Casco fue detenido por disposición del Tribunal Oral Federal, dando lugar al pedido de falso testimonio hecho por la Fiscalía y la Querella.
 
LA POLÉMICA
Con las sentencias firmes, la estrategia fue concentrarse a las denominadas causas residuales relacionadas a delitos de lesa humanidad. Así, debería haber una segunda parte de la Causa Caballero y otra por la Masacre de Margarita Belén.
En el caso de la Masacre, espera turno en el banquillo de los acusados el exmilitar Norberto Tozzo, quien no fue juzgado con sus camaradas de armas, primero, por estar prófugo; luego, porque se dilató su extradición desde Brasil.
Lo cierto es que fuente de la Fiscalía Federal señalaron que desde hace más de un año veían con preocupación que no avanzaba la investigación en el caso Casco. Esa preocupación, derivó en una investigación del fiscal Sabadini.
Esa investigación llegó a la Justicia Provincial chaqueña, buscando una conexión entre Piñero y Casco. En la base de datos digital del Poder Judicial provincial, se encontró la primera pista, datada en la neoliberal década menemista: 1998. El lugar: el juzgado conducido por Iride Isabel Grillo.
Según consta en la presentación del fiscal Sabadini el conjuez Piñero fue abogado del represor Casco, hecho que sería causal de recusación, ergo, que se debería sortear otro conjuez o bien que las causas residuales regresen al Juzgado Federal de Carlos Skidelsky, quien fue el que comenzó la investigación que derivaron en los primeros juicios por crímenes de lesa humanidad ocurridos en Chaco.
Ni bien se conoció la presentación judicial, el conjuez Piñero salió a refutar la recusación: “Es falsa”, declaró a FM Ciudad, de Resistencia. El conjuez también desmintió que haya habido requerimiento alguno para investigar el ex SPF Casco.
Piñero, que fue reconocido por la Cámara de Diputados del Chaco con un premio a la labor ligada a Derechos Humanos, fue aún más allá y aseguró que el pedido de recusación forma parte de un "hostigamiento" de la Fiscalía Federal.

sábado, 17 de diciembre de 2011

Por violencia doméstica, revocan prisión domiciliaria a un genocida

Se trata Humberto Caballero, condenado a 25 años en la primera parte de la causa que lleva su apellido y procesado en la segunda. Su mujer denunció violencia física, verbal y económica. El conjuez Piñero resolvió que vuelva a prisión.
Humberto Lucio Caballero volverá a prisión por someter a su esposa a malos tratos.
 
En una inédita resolución judicial, el conjuez Federal de Resistencia, Juan Antonio Piñero, resolvió revocar provisoriamente el beneficio de prisión domiciliaria al genocida Humberto Lucio Caballero, condenado a 25 años de cárcel en la primera parte de la causa “Caballero” y procesado en la segunda. Su mujer denunció que el represor la sometía a malos tratos, los cuales incluían violencia física, verbal y económica. Desde este miércoles está alojado en la Unidad Penitenciaria N°7 de la capital chaqueña.

Según confirmaron fuentes judiciales, la medida se produjo luego de que el conjuez Piñero recibiera un informe del Patronato de Liberados (Delegación Nordeste) en donde se denunció la situación por la cual atravesaba Cipriana Blanco, esposa del genocida Caballero y designada legalmente como guardadora de su custodia, es decir, responsable de que el represor cumpla las condiciones que la Justicia le impone para mantener el beneficio del arresto domiciliario.

La trabajadora social a cargo de dicha inspección elaboró el informe el 1 de diciembre último y señaló que de la visita que realizó al domicilio de Caballero surgen serios indicios de violencia familiar. “La esposa refiere que no están comiendo porque él retiene el dinero destinado a los alimentos. Además la esposa manifiesta que recibe maltratos físicos y verbales”, dijo la empleada del Patronato, al tiempo que sugirió que el genocida sea evaluado “por un profesional psicólogo”.

Protección hacia la mujer.
Teniendo en cuenta esta situación, Piñero consideró que hay claros indicios de que la señora Blanco está siendo objeto de malos tratos por parte de Caballero (su tutelado) “invirtiéndose, en consecuencia, la carga asumida por Blanco, surgiendo de ello que se encontraría sometida a ciertas conductas arbitrarias del beneficiario de la medida, que la privarían de los medios suficientes y necesarios para ejercer dicho control”.

“En tal contexto”, prosigue el conjuez, “advierto que en el supuesto de examen, podrían encontrarse comprometidos intereses superiores que deben ser objeto de investigación y que ameritan una inmediata intervención a fin de poner a resguardo los mismos”. Piñero enmarcó esta situación de violencia en la Ley 26.485 de protección integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en los ámbitos en que desarrollen sus relaciones interpersonales.
“La Declaración Sobre la Eliminación de la Violencia Contra la Mujer (Resolución de la Asamblea General 48/104 del 20 de diciembre de 1993), en su artículo 1º define "violencia contra la mujer": como todo acto de violencia basado en la pertenencia al sexo femenino que tenga o pueda tener como resultado un daño o sufrimiento físico, sexual o psicológico para la mujer, así como las amenazas de tales actos, la coacción o la privación arbitraria de la libertad, tanto si se producen en la vida pública como en la vida privada…”, añadió Piñero.

“En mérito a lo expuesto (…), a partir del contenido negativo que se desprende del informe de quien tiene a cargo la supervisión del cumplimiento de la medida dispuesta, entiendo que corresponde revocar –provisoriamente- el beneficio de arresto domiciliario oportunamente otorgado al encartado Caballero (…) y disponer (…) su inmediato traslado y alojamiento en la Prisión Regional del Norte (Unidad 7), dependiente del Servicio Penitenciario Federal”, completó.

Beneficios.
Con esta resolución el expolicía y subjefe de la Brigada de Investigaciones del Chaco desde 1975 hasta 1979, perdió el beneficio de estar preso en su casa que le otorgara en 2001 el actual juez Federal de Primera Instancia de Resistencia, Carlos Skidelsky. La medida del magistrado atendía únicamente a que el represor era mayor de 70 años, hecho por el cual un juez puede evaluar el otorgamiento del arresto domiciliario pero no está obligado a hacerlo. La decisión de Skidelsky fue ratificada tiempo después por la Cámara Federal de Apelaciones de Resistencia.

Cabe recordar que Caballero, junto a 10 expolicías y militares, fue condenado el 13 de diciembre del año pasado a 25 años de prisión como autor penalmente responsable del delito de tormento agravado por la condición de perseguido político de las víctimas, en 14 hechos, en concurso real.

Todos estos crímenes fueron considerados por el Tribunal Oral Federal de Resistencia como delitos de lesa humanidad cometidos durante el período comprendido entre 1.975 y 1.979 (plena dictadura) en la ex Brigada de Investigaciones de la Policía del Chaco. Caballero también está imputado en la segunda parte de la causa bautizada con su apellido (conocida como "Caballero Residual") en la cual se le imputan crímenes cometidos durante el Terrorismo de Estado que van desde los tormentos hasta la desaparición forzada de persona

viernes, 16 de diciembre de 2011

Acusado de tormentos y privación ilegítima de la libertad

Detuvieron al exmédico policial de la dictadura Héctor Grillo

La medida se concretó tras una orden del conjuez Federal, Juan Piñero, en el marco de la Causa Caballero Residual. Grillo está acusado de participar de sesiones de torturas durante los años de plomo. Actualmente es dueño de un sanatorio de Resistencia
El exmedico policial, Hector Grillo, en 1982.
 
El dueño del sanatorio Galeno y ex médico policial, Héctor Orlando Grillo, fue detenido por la Policía Federal acusado de privación ilegítima de la libertad y de participar activamente de tormentos y torturas durante la última dictadura. La decisión fue tomada por el conjuez Federal de Resistencia, Juan Antonio Piñero quien lo indagaría este martes. Con esta medida, comienza a extenderse la investigación por violaciones a los derechos humanos a los civiles que fueron colaboradores del Terrorismo de Estado.

Según informaron fuentes judiciales a CHACO DIA POR DIA, la detención de este médico (recordado también por firmar los certificados de defunción apócrifos de los fusilados de la Masacre de Margarita Belén) se dio entre el domingo y este lunes, en el marco de la causa Caballero Residual, que investiga crímenes de lesa humanidad en el Chaco los cuales tuvieron como núcleo la Brigada de Investigaciones de la capital chaqueña, que funcionó como uno de los centros clandestinos de detención más importantes del nordeste.

Tras su aprehensión, Grillo, de 68 años de edad, fue trasladado a la División de Bomberos de Resistencia donde estará alojado mientras se realizan las tareas de reconocimiento y su evaluación médica de rigor. Posteriormente, y en cumplimiento de la orden judicial, será trasladado a una comisaría de la zona metropolitana donde estará alojado en una celda especial teniendo en cuenta que perteneció a la estructura policial.

La orden de detención firmada por el conjuez Piñero tiene fecha el 5 de diciembre último y aclara que Grillo deberá prestar declaración indagatoria por la acusación que pesa sobre él por los delitos de Privación Ilegítima de la Libertad Agravada, en Concurso Real, con el delito de Tormentos Agravados, en calidad de autor.

UNA HISTORIA
Desde el informe final que la Comisión de Derechos Humanos de la Cámara de Diputados presentó ante la sociedad en 1985 donde se revelaron las atrocidades que perpetró la dictadura, el nombre de Grillo se repite una y otra vez en los testimonios de ex detenidos políticos que sufrieron los peores vejámenes y torturas físicas y psicológicas, tanto en la Dirección de Investigaciones, en la U7 ó en la Alcaidía de Resistencia.

Sin embargo, recién en los últimos años la Justicia federal dio pasos concretos en cuanto a la posibilidad de sentar en el banquillo al ex médico policial. En diciembre de 2009, el por ese entonces fiscal ad hoc, Roberto Mena, presentó un requerimiento de instrucción ante Piñero pidiendo que se impute a Grillo y a una treintena de represores por el delito de asociación ilícita.

En su presentación, Mena puntualiza que Grillo, según se desprende de varias declaraciones de ex prisioneros políticos que fueron torturados, como María José Teresa Presa, Rodolfo Amado Sobko, entre otros, su función dentro de la asociación ilícita era la “de participar en actos de tormentos poniendo a disposición de los autores de las torturas su conocimiento médico a fin de supervisar el sufrimiento de la víctima”.

El requerimiento expresa que tampoco comunicaba al Poder Judicial el estado de deterioro de las víctimas que en reiteradas ocasiones le revelaban las marcas de torturas y vejámenes que padecían, así como las condiciones lamentables de encierro. “Resultando su obligación denunciarlas por ser funcionario público con conocimientos específicos”, señala el fiscal.

PENTOTAL
El otro requerimiento de instrucción en contra de Grillo fue el que presentó en abril de 2010 el fiscal Federal, Gustavo Corregido, a través de la secretaría de Derechos Humanos, la cual estaba a cargo del doctor Mena. La misma está caratulada como “Giménez de Valladares Nora del Valle s/ Denuncia apremios ilegales, violación calificada y privación ilegítima de la libertad” y pide que se impute a Grillo y a una veintena de ex represores por los delitos ya advertidos en la carátula.

Giménez fue detenida en Resistencia junto a su hijo, Héctor Alberto Cecilio Valladares. El operativo estuvo a cargo de personal de civil perteneciente a la Brigada de Investigaciones. Luego de tres días de tormentos y torturas la trasladaron a un galpón ubicado cerca del río, probablemente Barranqueras, por el tiempo de viaje y el olor de la costa. Según relató, entre golpes e interrogatorios, el médico Grillo le colocó Pentotal en la espalda. Cabe recordar que el Pentotal (Tiopentato de sodio) es una droga que tiene un efecto sedante que desconcierta a la víctima y que los militares lo utilizaban como “suero de la verdad”. Sin embargo, el uso más conocido de esta droga durante la dictadura fue para sedar a los detenidos políticos que posteriormente eran arrojados vivos al mar desde aviones.

Además, mientras Gabino Manader y José Cardozo (fallecido impune) la interrogaban, Grillo controlaba el pulso y el ritmo cardíaco de la detenida. Posteriormente y por la acción del sedante y la tortura, Giménez pierde el conocimiento y reacciona tiempo después en una sala de la Brigada de Investigaciones. Allí, permanece junto a unos 30 detenidos que son torturados permanentemente y por efectos del Pentotal queda 40 días con la pierna derecha paralizada.

GA7
Cabe recordar que Grillo pertenecía al grupo Grupo de Artillería 7 y era miembro del cuerpo profesional del escalafón sanidad de la policía de la provincia en dependencia de los cuarteles de La Liguria. Uno de los hitos en su carrera, fue la firma de las actas de defunción de algunos de los fusilados en Margarita Belén, como Manuel Parodi, Patricio Tierno y Carlos Duarte.

A pesar de tener un pasado vidrioso, en democracia Grillo devino en próspero empresario. Su chalet ubicado en la calle Salta al 500 y el sanatorio Galeno, de Necochea al 200, que es de su propiedad, así lo demuestran. Una de sus últimas apariciones públicas fue el 4 de junio de 2010 en una nota publicada en el portal Diario Chaco. Bajo el título: “Médicos de la región crearon la Unión Gremial de Sanatorios del Nordeste”, Grillo aparece en el centro de una foto, sentado, con sus 67 años encima, rodeado de distintos dueños de clínicas chaqueñas.

En agosto del año pasado, y mientras se sustanciaba el juicio por la Causa Caballero 1, Grillo se presentó ante el Tribunal Oral Federal de Resistencia con la idea de prestar declaración testimonial. La intención del médico se frustró luego de que el abogado querellante, Mario Bosch y el Fiscal General, Germán Wiens Pintos recordaran que estaba imposibilitado de hacer tal declaración debido a que era uno de los requeridos en la causa Caballero Residual.

AUTOPSIAS
Donde sí lo dejaron declarar fue en la juicio por la Masacre de Margarita Belén. Fue el 16 de septiembre del año pasado. Esa mañana ingresó a la sala rengueando. Se lo vio bastante demacrado, pero en ningún momento demostró nerviosismo. Como era de esperarse, durante toda su declaración se ciñó a la historia oficial; “Fui convocado para certificar el deceso de unos fallecidos que estaban en el regimiento un lunes a última hora de mi guardia ( 13 o 14 horas aproximadamente)” . Llegó en un patrullero, no recuerda si acompañado o sólo, tampoco la autoridad que lo convocó.

Contó que vio 6 o 7 cuerpos en el suelo, estaban vestidos, medianamente limpios, no tenían lesiones pero si múltiples heridas de bala en abdomen y tórax. Todos eran nn. Había una mujer. No había cadáveres con balazos en la cabeza. Después de constatar todo esto, en Sanidad hizo los certificados de defunción. Como la causa de muerte “era evidente” no hizo autopsia.

Cuando se le preguntó por la posibilidad de notar un fémur quebrado sin autopsia respondió que en caso de producirse un desvío la fractura es evidente, pero que también pude pasar desaperciba. La pregunta hace referencia a Carlos Zamudio, asesinado en la Masacre. Zamudio tenía una fractura perimortem en el fémur izquierdo.

- ¿Usted sabía que es obligatorio hacer autopsias en caso de muerte violenta? – preguntó el querellante Mario Bosch.

-No – respondió Grillo, autor de un libro sobre medicina legal, y con una dilatada trayectoria como perito.

sábado, 5 de noviembre de 2011

Detuvieron a un ex policía chaqueño por crímenes de lesa humanidad

Un represor tras las rejas
 
Se trata de Miguel Peloso. Lo detuvieron agentes de la Policía Federal en el Colegio Marianista del barrio porteño de Caballito, donde vivía y trabajaba como portero. Será indagado en una causa por torturas y desapariciones durante la dictadura.

El ex policía chaqueño Miguel Peloso, imputado por delitos de lesa humanidad durante la última dictadura, fue detenido ayer en Buenos Aires por la Policía Federal. Fuentes del Ministerio de Seguridad informaron que Peloso, de 61 años, fue capturado por agentes de la comisaría 12ª en el Colegio Marianista del barrio de Caballito, donde tenía su residencia y trabajaba como portero. El represor, que llevaba más de tres décadas en libertad, debió ser trasladado por los policías al Hospital Durand porque sufrió un cuadro de hipertensión al momento de su detención. En los próximos días deberá ser indagado en la Justicia Federal de Resistencia, Chaco, en el marco de la causa “Residual Caballero Humberto Lucio y otros s/tormento agravado en concurso real con privación ilegal de la libertad y desaparición forzada de personas”.

En Chaco hubo hasta el momento dos juicios orales y públicos por delitos de lesa humanidad. El primero concluyó en diciembre con condenas de entre 15 y 25 años para diez policías y dos militares por más de ochenta crímenes cometidos entre 1975 y 1979 en la Brigada de Investigaciones de la policía de la provincia, el principal centro de detención clandestino del nordeste. El 16 de mayo concluyó el segundo juicio, con la condena a prisión perpetua para ocho militares y un policía por el asesinato de veintidós presos políticos en diciembre de 1976, fusilamiento que pasó a la historia como la Masacre de Margarita Belén.

Hace tres semanas, mientras sus compañeros comenzaban a cumplir sus condenas, llegó al país, extraditado desde Brasil, el represor Norberto Tozzo, acusado también de participar en la masacre. El militar retirado, que ya pasa sus días en la Unidad Penitenciaria 7 de Chaco junto con sus camaradas, intentó despegarse durante su declaración indagatoria de la masacre, señalando que se enteró casi dos horas después de ocurrido el fusilamiento, y culpó de su imputación al ex jefe del Destacamento de Inteligencia 124, Armando Hornos, que era entonces su superior inmediato. Indagado por el juez federal Carlos Skidelsky, el ex militar precisó que se enteró “del hecho conocido como Margarita Belén a las 6.45 del 13 de diciembre de 1976” y que “inmediatamente tomó uno de los vehículos del servicio, si mal no recuerdo un Renault 4 blanco, y me dirijo a la zona, donde me habían informado que vehículos militares pertenecientes al área 232 que se dirigían a Formosa fueron atacados”. Tozzo dijo haber visto “tres personas muertas que estaban alineadas en la banquina, en la ruta, y otras dos personas en un vehículo de color blanco” y contó que el jefe del área militar 233, Jorge Larrateguy, “me relató lo que según él había ocurrido”, léase un ataque a un convoy militar que concluyó con 22 muertos entre los atacantes y ningún herido en la tropa propia. Según la sentencia del juicio por la masacre, Tozzo integró el convoy que participó del fusilamiento como acompañante de Germán Riquelme, uno de los condenados, en un camión Unimog 416 del Ejército que iba como escolta del vehículo que trasladaba a los detenidos.

Esta semana, en tanto, el conjuez federal Juan Piñero procesó con prisión preventiva al suboficial principal retirado Angel Jorge Ibarra, alias El Loquito. El magistrado también amplió el procesamiento de otros ocho represores, en su mayoría condenados, y dictó la falta de mérito para otros once acusados. Chaco Día por Día informó el miércoles que según declaraciones de varios ex detenidos, Ibarra era miembro de la guardia de la Brigada de Investigaciones, el centro clandestino de detención que funcionaba frente a la plaza central de Resistencia, antes y después de la dictadura. Los procesamientos del juez Piñero alcanzaron también a los ex policías Enzo Breard, José Rodríguez Valiente, Gabino Manader, Humberto Lucio Caballero, José Marín (alias Cabo Sotelo) y Ramón Esteban Meza, y al ex militar Luis Alberto Patetta

lunes, 24 de octubre de 2011

El represor Tozzo declarará ante el juez Skidelsky

Acusado de participar de la Masacre de Margarita Belén

El juez Federal de Resistencia le tomará declaración indagatoria en el marco de la segunda parte del juicio por la matanza de más de 20 militantes durante la madrugada del 13 de diciembre de 1976. Gonzalo Molina será su abogado defensor.

El represor acusado de participar de la Masacre de Margarita Belén, Norberto Tozzo, declarará este martes 25/10/2011, ante el juez Federal de Resistencia, Carlos Skidelsky, confirmaron fuentes judiciales. Se le pedirá que aporte precisiones sobre su participación en el fusilamiento clandestino de al menos 22 detenidos políticos ocurrido en la madrugada del 13 de diciembre de 1976.

La declaración indagatoria del represor se realizará en la Secretaria de Derechos Humanos, Penal III que funciona en calle Juan Domingo Perón, de Resistencia. Tal como lo anticipó este portal, Tozzo confirmó este martes que el defensor oficial de la Justicia Federal, Gonzalo Molina, será su representante legal.

Desde este lunes (24/10/2011) Tozzo se encuentra alojado en la Unidad Penitenciaria Nº7 de Resistencia, en el lugar destinado para imputados o condenados por delitos de lesa humanidad. Está acompañado de sus camaradas de armas Ernesto Simoni (condenado a cadena perpetua en la primera parte del juicio por la Masacre), Albino Luis Borda y Ángel Jorge Ibarra (ambos imputados en la denominada Causa Caballero Residual).

Cabe recordar que el lunes, en medio de un fuerte operativo de seguridad, Tozzo llegó al Chaco para responder ante la Justicia en lo que será la segunda parte del juicio por la Masacre de Margarita Belén, que eventualmente lo tendrá como único protagonista. Tozzo pisó el aeropuerto internacional de Resistencia, proveniente de Buenos Aires, donde se encontraba detenido desde el viernes, luego de la extradición propiciada por el gobierno brasileño, donde estuvo preso desde 2008.

Tozzo nació el 6 de octubre de 1945 en Buenos Aires. Fue militar, empresario, bon vivant y ahora recluso en una cárcel calurosa en Resistencia. Durante la dictadura Tozzo fue agente del Destacamento de Inteligencia 124 de Resistencia –que dependía directamente del Batallón 601– y ya en democracia se recicló como empresario de los medios de comunicación en varias localidades entrerrianas, donde era dueño de un servicio de televisión por cable y una radio de frecuencia modulada.

En Entre Ríos, el militar manejaba un canal de cable de María Grande que opera también en Hasenkamp, Viale, Tabossi, Aldea Santa María, El Pingo y Estación Sosa –entre otras– a través de la firma Emprendimientos Comunicacionales Sociedad Anónima. Inclusive la empresa realizó las filmaciones de las sesiones de la Convención Constituyente de esa provincia que sesionó en 2008. Tras la fuga y detención de Tozzo, el negocio quedó a cargo de su hijo Santiago, que vive en Hasenkamp con el resto de la familia.

LA MASACRE
El 13 de diciembre de 1976, en un simulacro de traslado a una cárcel de mayor seguridad en Formosa, una veintena de presos políticos que se encontraban en distintos centros de detención de Resistencia fueron fusilados en una zona de montes a la altura de la localidad de Margarita Belén.

Oficialmente se dijo que “una banda armada” atacó a “una columna que transportaba detenidos subversivos con la aparente intención de liberarlos o eliminarlos a efectos de evitar declaraciones comprometedoras”. Lo cierto es que la masacre había sido planificada varios días antes por los altos mandos militares y algunos de ellos sobrevolaron en un helicóptero oficial la zona donde se produjo el fusilamiento.

Se sabe que Tozzo era uno de los integrantes del convoy. Concretamente, viajaba como acompañante de Germán Emilio Riquelme (condenado a perpetua en el primer juicio por la Masacre) en un camión Unimog 416 del Ejército que iba como escolta del vehículo que llevaba a los detenidos y, una vez en el lugar, fue uno de los ejecutores, según quedó consignado en la sentencia del juicio que se realizó este año y en el que fueron condenados ocho exmilitares a perpetua.

Fue apresado en 2003 por la Justicia chaqueña y luego liberado tras un polémico hábeas corpus concedido por la Cámara Federal de Apelaciones de Resistencia. Una vez que se ordenó la recaptura de los represores imputados, Tozzo escapó. Permaneció prófugo al menos un lustro, hasta que fue detenido el 17 de septiembre de 2008 por Interpol, escondido en el “Ipanema Tower”, un hotel de lujo de Río de Janeiro. Su extradición fue aceptada en mayo último por el Tribunal Supremo de Brasil y ratificada el mes pasado por un decreto de la presidenta, Dilma Rousseff. Sin embargo, las autoridades brasileñas impusieron una serie de restricciones para su juzgamiento en Argentina.

RESTRICCIONES
El represor está acusado por secuestros, homicidios y desapariciones forzadas de personas, que conlleva una pena de prisión perpetua. Pero la extradición fue concedida para que sea juzgado sólo por el delito de secuestro calificado, un crimen de carácter continuado que persiste hasta hoy, en virtud de que “las cuatro personas que estaban bajo la guardia de los militares policiales aún permanecen desaparecidas”, según consta en la resolución del Tribunal Supremo.

Específicamente se refiere a Roberto Yedro, Reynaldo Zapata Soñéz, Fernando Piérola y Julio Pereyra, a quienes los militares dieron como prófugos. Asimismo, el máximo organismo de justicia brasileño consideró que los homicidios que se le imputan a Tozzo están prescriptos –a diferencia de la interpretación que se hace en Argentina–, pero no hizo lugar a la invocación efectuada por la defensa respecto a la falta de pruebas y a la amnistía dictada por la ley de obediencia debida.

Respecto de las penas, como en Brasil no existe la prisión perpetua, el máximo que se le podría imponer es de 30 años, pero se dejó establecido que deberá descontarse el tiempo que ya ha pasado en la cárcel desde su detención en septiembre de 2008. Sin embargo, queda por delante un largo camino judicial.

jueves, 26 de mayo de 2011

Amplían el procesamiento de un acusado por el delito de violación

Así lo indicó el fiscal ad hoc, Diego Vigay. Es en el caso de Sara Fulvia Ayala, desaparecida durante la dictadura. La defensa del imputado Albino Borda planeteó que la acusación es sobre un crimen ya prescripto.
Sara Fulvia Ayala de Morel está desaparecida desde 1977.

Las violaciones sexuales a detenidos y detenidas políticas durante la última dictadura militar son crímenes de lesa humanidad.
Así lo ratificó la fiscalía Federal de Resistencia, en el caso en donde se investiga la comisión de este aberrante crimen contra Sara Fulvia Ayala de Morel, ocurrida durante su detención en la Brigada de Investigaciones del Chaco, lugar donde se la vio por última vez en 1977. Por el hecho está detenido en calidad de imputado Albino Luis Borda, quien fue llavero de esa dependencia policial.
Si bien durante mucho tiempo se consideró a los ataques sexuales -principalmente a las detenidas- como hechos aislados dentro de la maquinaria del terror instaurada durante la última dictadura, la repetición de testimonios y relatos sobre lo cotidiano de estos hechos en los centros clandestinos de detención (CCD) hizo que se dieran fallos en los cuales ya se los tomó como crímenes de lesa humanidad (imprescriptibles), como el producido por el Tribunal Oral de Mar del Plata, en junio de 2010, contra un ex suboficial de la Fuerza Aérea.
A nivel provincial, y en el marco de la denominada Causa Caballero Residual, donde se investiga torturas, tormentos y desapariciones de personas en la Brigada de Investigaciones, la defensa de Borda presentó un escrito al conjuez Federal, Juan Antonio Piñero, señalando que el ex llavero está siendo acusado por un crimen ya prescripto, hecho en el cual, según el Código Penal, se requiere la denuncia de la víctima, que en el caso de Ayala de Morel nunca se realizó.
LA RESPUESTA
Piñero corrió vista de este planteo a la querella y al Ministerio Público Fiscal. El fiscal ad hoc, Diego Vigay, respondió este lunes a este planteo señalando que el delito por que lo imputó a Borda es imprescriptible por ser considerado como un hecho de tortura más dentro del accionar represivo para destruir física y mentalmente a los detenidos políticos con la intención de sacarles información.
Por otra parte, indicó que en el caso de Ayala de Morel, por su condición de desaparecida, resulta imposible que la víctima haya podido hacer planteo alguno sobre lo sucedido. De este modo, la denuncia sobre la violación es perfectamente válida con el hecho de plantear testigos que hayan podido tener certezas sobre los padecimientos que sufrió la víctima.
“Este Ministerio Publico Fiscal”, señaló Vigay en su escrito, “entiende que en este caso el delito de violación cometido por Borda en su carácter de efectivo de la policía de la provincia del Chaco, desempeñándose en el Centro Clandestino de Detención que funcionara en la Brigada de Investigaciones; contra Sara Fulvia Ayala de Morel, quien se encontraba en el lugar en carácter de detenida desaparecida por razones políticas y en el marco y como parte de tormentos, apremios y vejámenes, integra claramente la categoría de delito de lesa humanidad”.
El fiscal ad hoc recordó que entre 1976 y 1983 se montó en nuestro país “una estructura estatal ilegal, dirigida por las Fuerzas Armadas en correspondencia con otras fuerzas de seguridad, en este caso la Policía de la Provincia del Chaco, que desarrolló un plan clandestino y metódico de represión ilegal tendiente a eliminar y/o quebrar en su voluntad a determinados grupos de personas, que por la ideología política que profesaban eran considerados enemigos de la patria”.
“El mentado plan clandestino de represión comprendió una masiva y sistemática violación de los derechos humanos que abarcó la más amplia gama de vejaciones”, sostuvo Vigay. Y añadió: “En este contexto, era frecuente que las personas, ilegalmente detenidas en los centros clandestinos de detención como es el caso de la Brigada de Investigaciones del Chaco, fuesen sometidas sexualmente por sus captores o guardianes”.
“Los elementos de prueba reunidos en la causa permiten señalar que la comisión de los delitos que se investigan fue posible en tanto se amparó en los mecanismos creados a fin de aniquilar a un sector de la población civil; que a través de los mismos también se intentó garantizar su impunidad; que todo ello fue usufructuando recursos e infraestructura del Estado de los que se disponía ilegítimamente, y a los que se dio el fin aberrante de devastar aquellas manifestaciones disidentes al régimen”, señaló Vigay.
Tras este planteo, resta la respuesta del abogado querellante, Mario Bosch y la posterior definición de Piñero respecto de la situación procesal de Borda, que, según fuentes judiciales, podría estar en 15 días.
SARA Y PEDRO
Según consta en el Informe Final de la Legislatura Chaqueña, realizado en la década del ‘80, y en la investigación realizada por la Comisión Nacional de Desaparición de Personas (Conadep) el matrimonio Morel (que pertenecían a la organización Montoneros) fue detenido en Claypole, Buenos Aires, junto con el dueño de casa; un hombre de apellido Sobko.
En ese procedimiento, la niña Mabel Morel y un niño llamado Beto, del matrimonio Sobko, fueron entregados primero a unos vecinos (los Reiter) y luego a la jueza Marta Pons, a cargo del Tribunal Nº 1 de Lomas de Zamora (Provincia de Buenos Aires).
Con los pequeños en mano de la Justicia, Sara y Pedro fueron trasladados sucesivamente a Misiones, Goya (Corrientes), a Formosa (Regimiento 29 de Infantería de Monte) y, por último, a Resistencia, donde fueron vistos el 19 de mayo de 1977 en la Alcaidía Policial y el 24 de mayo de 1977 en la Dirección de Investigaciones.
Por las declaraciones de los otros detenidos que los vieron, en la Brigada de Investigaciones ambos estaban en condiciones físicas deplorables. Morel tenía la cara destrozada y los testículos sangrantes y colgando hasta las rodillas. Mientras que Sara tenía el rostro muy golpeado. Además, según los ex detenidos Gerardo Delgado y Rodolfo “Rody” Sobko, Sara había sido vejada en reiteradas oportunidades por Borda y Rubén Héctor Roldán, alias Chuleta.
Mientras esto sucedía, la madre de Sara (Celia Justina Collar de Ayala) buscaba su paradero, pero todas las gestiones fueron todas con resultado negativo: nota ante el Ministerio del Interior (26 de octubre de 1977), nota dirigida al mismo Ministerio del Interior en 1980 y Hábeas Corpus presentado ante el Juzgado Federal de Resistencia, a cargo de Luis Ángel Córdoba, y el Palacio de Justicia de Buenos Aires, ambos en 1977 y ambos rechazados. Ese mismo año, Sara y Pedro desaparecieron.

lunes, 16 de mayo de 2011

Masacre Margarita Belén: Prisión perpetua para 8 militares y absolución a 1 policía

El Tribunal Oral Federal de Resistencia sentenció ayer a prisión perpetua a ocho represores y absolvió a uno de los imputados en la causa “Margarita Belén”, por delitos de lesa humanidad. Durante la lectura del fallo, familiares y allegados de las víctimas y organizaciones de derechos humanos encabezaron una marcha en la puerta del juzgado.

Los militares fueron acusados de fusilar a 22 presos políticos cuando eran trasladados desde el Chaco hacia el penal federal de Formosa, durante la última dictadura militar.

En horas de la tarde, se leyó el veredicto del Tribunal presidido por Gladys Yunes, en el que se condenó a perpetua en cárcel común a Gustavo Athos, Horacio Losito, Aldo Martínez Segón, Jorge Daniel Carnero Sabol, Ricardo Guillermo Reyes, Germán Emilio Riquelme, Ernesto Jorge Simoni, Luis Alberto Patetta.

En tanto, el ex policía Alfredo Luis Chas, considerado como partícipe secundario, fue absuelto de culpa y cargo.

Los ex militares fueron sentenciados por los delitos de homicidio agravado por alevosía y por el número de partícipes; privación ilegítima de la libertad agravada por el tiempo, y desaparición forzada de personas.

El hecho ocurrió el 13 de diciembre de 1976, cuando 22 jóvenes, hombres y mujeres, la mayoría de ellos militantes peronistas, fueron fusilados en cercanías de la localidad chaqueña de Margarita Belén, cuando eran trasladados a un penal de Formosa.

Las víctimas de la denominada “masacre de Margarita Belén”, fueron: Patricio Blas Tierno, Néstor Sala, Carlos Zamudio, Luis Angel Barco, Roberto Yedro, Delicia González, Luis Díaz, Fernando Pierola, Raúl Caire, Sergio Pereyra, Carlos Duarte, Carlos Tereszecuk, Manuel Parodi Ocampo, Luis Fransen, Ema Cabral, Reinaldo Zapata y Mario Cuevas.

En tanto, no se conocen aún las identidades de 5 de las víctimas que no fueron identificadas, 3 hombres y 2 mujeres.

En la puerta del Juzgado Federal, ubicado frente a la plaza 25 de Mayo de la capital chaqueña, cientos de personas, representantes de organizaciones de derechos humanos, organizaciones sociales, estudiantiles y partidos políticos celebraron el fallo.

Con audio y pantalla gigante, presenciaron el veredicto mientras sostenían carteles, banderas y pancartas de la JP-Descamisados, MTD, ATE, CTA, JUP, PC, Barrios de Pie, y Movimiento 26 de Julio, entre otros.

Con cánticos y gritos los manifestantes festejaron el fallo que condenó a los imputados de violaciones a los derechos humanos.

“Es un fallo histórico” dijo el abogado querellante Mario Bosch, al finalizar la audiencia, a la vez que agregó que se trata de “un fallo de jueces independientes”.

En tanto, el letrado dijo no compartir la sentencia de absolución y señaló que esperarán conocer los fundamentos del veredicto, el próximo 12 de julio.

“Se condenó a los máximos responsables de los fusilamientos a perpetua en cárcel común, sin ningún tipo de privilegios”, dijo Bosch en declaraciones.

Por su parte, Martín, el hijo de una de las víctimas de la masacre, Luis Díaz, dijo que siente “una pequeña sensación de alivio” y que “se hizo justicia”.

En este mismo sentido, Daniela, la hija de Carlos Zamudio, ejecutado hace 35 años en Margarita Belén afirmó que “se cierra una historia. En un momento se remueve toda tu vida, es terrible”, expresó en medio de las lágrimas.

Sobre los hechos de 1976, la querella relató días atrás en los alegatos que “pasadas las 3.30 (del 13 de diciembre), al menos un patrullero, y dos camiones del Ejército partieron rumbo a Formosa por la ruta 11. Antes de la 5 de la mañana el convoy detuvo su marcha a la altura del viejo camino a El Zapallar”.

“Allí fusilaron a los presos: los imputados usaron sus FAL e hicieron desaparecer a un grupo para enmascarar el asesinato como un intento de fuga, la versión oficial”.

Fueron querellantes en esta causa, los familiares de las victimas, la subsecretaría de Derechos Humanos de la provincia del Chaco y la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación.

A pocos kilómetros de Margarita Belén, un monumento recuerda a las víctimas en el mismo lugar donde fueron fusilados, con esculturas de tamaño natural que representan a los 22 jóvenes.

En tanto, en el Aula Magna de la Universidad Nacional del Nordeste (de Resistencia), un gran mural recuerda la masacre, obra realizada por Amanda Mayor de Piérola, artista plástica de la Provincia de Entre Ríos y madre de Fernando Gabriel Piérola, uno de los jóvenes fusilados, bajo el título “Argentina, dolor y esperanza”.

A 35 años de este delito de lesa humanidad, los familiares de las víctimas festejaron, lloraron y se abrazaron luego de la sentencia, en compañía de centenares de personas que se concentraron frente al edificio del Tribunal Oral Federal de Resistencia.

El próximo 12 de julio se dará a conocer el fundamento de la sentencia que condenó a 8 militares por la masacre de Margarita Belén y absolvió a un policía.

domingo, 15 de mayo de 2011

Espera de la sentencia por la Masacre de Margarita Belén

Algunos de los represores
“Se pudo probar que fue un fusilamiento”

En el proceso que se desarrolla en el Tribunal Oral Federal del Chaco hay nueve represores acusados por delitos de lesa humanidad. Las querellas pidieron prisión perpetua, salvo en un caso.

 Por Alejandra Dandan

Concluye en Chaco el juicio oral por la masacre de Margarita Belén, un juicio histórico y un proceso durante el cual los familiares de las víctimas atravesaron una doble sensación. “Teníamos conciencia del pacto del silencio de los represores, pero al mismo tiempo estaba la esperanza de que en algún momento, en medio de la sala, y de forma repentina, pudieran decir dónde están los cuerpos de los desaparecidos”, dice Dafne Zamudio, hija de Carlos Zamudio, uno de los militantes asesinados que ahora sabe que el pacto no se rompió. “Los responsables no dijeron nada, y no van a decir nada, entonces es otra vez retomar ese camino de búsqueda, que en realidad nunca abandonamos, pero es otra vez volver a los papeles, a las excavaciones, a los pequeños datos para ir adelante.” Hoy, el Tribunal Oral Federal chaqueño pronunciará la sentencia. Deberá decidir si condena o no a los nueve represores acusados, para quienes las querellas pidieron condena a prisión perpetua (excepto un caso).

El juicio empezó el 3 junio de 2010 y pasaron más de 120 testigos. Es la primera etapa de una causa más amplia en la que se juzgaron a los represores por 15 víctimas, 4 de las cuales permanecen desaparecidas. Durante las audiencias, el correr de los testimonios aportó datos, pero dejó preguntas abiertas, no sólo sobre la existencia de otras víctimas sino sobre nuevos y más responsables. “El juicio confirmó todas las hipótesis que traíamos con relación a las víctimas, y fueron apareciendo elementos para confirmar sospechas de otras”, dice a Página/12 Mario Bosch, querellante por Familiares, la Secretaría de Derechos Humanos de Nación y el CELS. “Surgieron además muchas evidencias sobre el rol de la Justicia federal, el médico de policía y el área de Inteligencia como para continuar con la investigación.”

El rol del Poder Judicial fue uno de los ejes del proceso y de aquí en más será uno de los nudos a trabajar en “la causa residual”. En esa línea, la querella elevó un listado con nombres de quienes deberían ser los próximos imputados. Un caso paradigmático es el del ex juez federal Angel Córdoba, retirado luego de la dictadura y quien “no investigó nada”, dice Bosch en relación con la identidad de los NN. El abogado marcó que, aun considerando que no lo haya hecho porque creía que los militantes eran “atacantes”, debía haberlos identificado: en cualquier investigación un juez investiga al muerto de una banda porque puede conducirlo a los prófugos. Córdoba no lo hizo porque –dice Bosch– “su objetivo era no investigar: eso lo hacía funcional a la impunidad del crimen”.

Uno de los momentos más importantes del juicio, dice Dafne, fueron los alegatos: “Conocimos el hecho total para saber lo que pasó realmente y la reconstrucción resultó muy demostrativa: para nosotros en ese momento ya no había hipótesis, eran hechos con pruebas”.

Los imputados que hoy escucharán la sentencia son Horacio Losito, Luis Alberto Patetta, Martínez Segón, Jorge Carnero Sabol, Athos Rennes, Ricardo Reyes, Germán Riquelme, Ernesto Simoni, para quienes todas las querellas pidieron prisión perpetua. También está acusado el policía Alfredo Chas para quien pidieron entre 20 y 25 años de prisión como partícipe secundario.

El juicio permitió poner en discusión nuevamente en la provincia la masacre ocurrida el 13 de diciembre de 1976. “Nos sirvió para instalar la verdad –dice Dafne– porque, más allá de que se sabía de la masacre, ciertos sectores es como que creían en el enfrentamiento y justificaban el accionar o la muerte. Con este juicio se pudo probar que realmente lo que pasó fue un fusilamiento.”

Durante el día de hoy termina el debate pero, como dice Bosch, “continúa investigándose la masacre de Margarita Belén: socialmente no podemos cerrar esto porque estamos condenando a ejecutores, pero ni son todos, ni son los únicos responsables: hay que pensar por ejemplo que no está siendo juzgado ni siquiera el propio Cristino Nicolaides, que era jefe de área; ahora está muerto, pero cuando empezó el juicio no, y no pudimos avanzar porque estaba beneficiado por el indulto”.

martes, 3 de mayo de 2011

Los defensores de los genocidas acusan a los testigos

Los defensores de los represores pidieron la nulidad del juicio y la absolución
Se acerca la sentencia de Margarita Belén

Los defensores oficiales se basaron en cuestiones técnicas. El abogado Carlos Pujol, en cambio, pidió el procesamiento por falso testimonio para cincuenta testigos y dijo que muchos desaparecidos “figuran con documentos falsos en otros países”.
 Por Gonzalo Torres

El juicio oral por la masacre de Margarita Belén, en el Chaco, entró en su etapa final. Entre el lunes y ayer, los abogados defensores pidieron la nulidad de la acusación a sus defendidos y su absolución de culpa y cargo por la matanza de los 22 presos políticos que fueron ejecutados en diciembre de 1976.

Los defensores oficiales Juan Manuel Costilla y Federico Carniel –representan a Luis Alberto Patetta, Horacio Losito, Ricardo Reyes, Ernesto Simoni y Alfredo Luis Chas– pidieron la nulidad de la acusación a sus defendidos. Invocaron razones de “insuficiencia probatoria” y la aplicación del principio de “beneficio de la duda”.

El eje del alegato de la defensoría oficial giró en torno de cuestiones técnicas, con especial atención en determinados aspectos formales de la prueba y de las imputaciones, como por ejemplo la utilización de las declaraciones de los imputados realizadas en sede de instrucción militar, la prescripción de la acción penal, la forma en la que se realizaron las acusaciones y la atipicidad de la figura de desaparición forzada de personas en el derecho penal. Los hechos que se juzgan no fueron abordados con la misma profundidad. En cuanto a los “tecnicismos” pronunciados, la mayoría de ellos ya han sido resueltos en tribunales de alzada.

Sobre los hechos concretos, los abogados defensores intentaron desaprobar la existencia de la masacre sin llegar al extremo de aceptar la coartada del enfrentamiento y alegaron que el Tribunal no puede tener “la necesaria certeza absoluta” de cómo sucedieron los hechos para dictar una sentencia condenatoria.

La defensa refutó la incorporación como prueba documental de las declaraciones de los imputados en el juzgado de instrucción militar durante el año ’84. Estas declaraciones revisten importancia porque son una prueba contundente de que los imputados estuvieron en el lugar de los hechos el 13 de diciembre de 1976. Más allá de las consideraciones respecto de qué Justicia debía juzgarlos, si la Justicia civil o los jueces castrenses, las declaraciones fueron tomadas siguiendo el mecanismo que mandaba la ley de esa época, sin coacción de ningún tipo ni violación de las garantías constitucionales de los declarantes. Esto fue resuelto por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en reiterados fallos. En el caso específico de la causa “Masacre”, fue resuelto por el juez de instrucción al dictar el auto de procesamiento, por la Cámara Federal de Resistencia, por la Cámara Nacional de Casación y finalmente por el mismo Tribunal que lleva la causa durante el planteamiento de las cuestiones preliminares al manifestar que las declaraciones en sede judicial son perfectamente válidas.

El abogado querellante Mario Bosch lo explicó de este modo: “Los abogados defensores no tienen línea argumental. No porque les falte capacidad, porque son profesionales muy capaces, pero es tal la contundencia de la prueba que no les queda otra alternativa que repetir planteos a sabiendas de que van a caer en saco roto. Las pruebas son contundentes y abundantes y muchas de las cuestiones ya fueron resultas en la Causa 13 del Juicio a las Juntas”, sentenció el abogado.

Ayer, el abogado Carlos Pujol defendió a sus representados atacando: pidió el procesamiento por “falso testimonio agravado (10 años de pena) para cincuenta testigos de la causa, la mayoría ex detenidos políticos.

Pujol acompañó su defensa de los militares Aldo Martínez Segón, Jorge Daniel Carnero Sabol, Gustavo Athos Renes y Germán Emilio Riquelme con la proyección de diapositivas. Ratificó todo lo dicho por sus colegas defensores, acusó a la querella y a la fiscalía de “deslealtad procesal”, razonó sobre la estrategia militar en casos de ataque para intentar explicar por qué un civil no pude entender jamás de qué se trata la “obediencia debida militar” y se permitió decir que el traslado de detenidos políticos (durante el cual se simuló un intento de fuga) se ejecutó por la noche porque “en diciembre hace mucho calor”.

Por último se despachó con una curiosa explicación de la desaparición forzada de personas durante el terrorismo de Estado: “Posiblemente en Argentina en hubieron (sic) desaparecidos, pero también es cierto que mucha de esa gente figura con documentos falsos en otros países”... Su chicana cayó en saco roto: la nutrida “barra de la memoria” presente en la sala lo escuchó en silencio, respetuosa del pedido del tribunal de guardar recato.

viernes, 22 de abril de 2011

¿Piensa Ud. Sr. Fiscal que todo el horror fue genocidio?

Carlos Amad, fiscal federal
“Causas como Caballero y Margarita Belén me producen horror y espanto”

El funcionario judicial se refirió así a los dos juicios emblemáticos por delitos de lesa humanidad que se sustanciaron (Caballero) y se siguen realizando (Margarita) en la provincia. “Probamos toda la cadena de impunidad con que se manejaban”, dijo.

“A mi me causa horror y me espanta todo este tipo de causas por el desprecio que tuvieron estos imputados ante la vida humana, hacia el prójimo”, se sinceró el fiscal Federal ad hoc, Carlos Amad en referencia a los juicios por delitos de lesa humanidad que se sustanciaron y que se siguen realizando en la provincia. Remarcó que lo sucedido durante el Terrorismo de Estado debe ser enseñado en las escuelas para que no vuelva a ocurrir.

“En la Causa Caballero y en Margarita Belén han desfilado más de 100 testigos en donde uno tiene que escuchar el relato descarnado de las mujeres, de los hombres y de menores de edad que cuando los tuvieron presos los trataban y torturaban igual que a un mayor. No tenían ningún tipo de contemplación”, destacó Amad en declaraciones a radio Libertad.

El fiscal compartió además las apreciaciones que hizo Jorge Auat, titular de la Unidad de Investigación de Derechos Humanos, al momento de hacer los alegatos donde el Ministerio Público pidió prisión perpetua para los nueve imputados. “Esto tiene que ver con el código Penal y la gravedad del hecho. No hay que olvidarse que esto fue una masacre de presos políticos, cuatro personas cuyos cuerpos no se encuentran”, explicó Amad.

“La última dictadura militar hizo cosas atroces”, remarcó el fiscal. “No sólo asesinó personas sino que también robó niños que aún hoy buscan las Abuelas de Plaza de Mayo. Nosotros en la Causa Caballero hemos podido probar todas la cadena de impunidad, de torturas a los detenidos políticos, las violaciones permanentes a las detenidas, lo allanamientos sin órdenes (judiciales). Todo esto implica que estos y los otros imputados tenían dominio de estas cosas. Entonces a veces las escalas penales del Código Penal se vuelven en un número”, sostuvo el funcionario judicial.

“Después de Margarita Belén en la sociedad del Chaco va a haber una bisagra para el futuro, para los niños”, consideró Amad al tiempo que reiteró la necesidad de que en los colegios se informe y eduque a las nuevas generaciones sobre lo que pasó durante los años más sangrientos de la historia reciente del país. “Esto hay que enseñarles a los chicos en las escuelas primarias y secundarias porque”, afirmó, “esto no puede volver a pasar en la Argentina”.

lunes, 11 de abril de 2011

Se inician los alegatos en juicio oral por la causa "Margarita Belén"

Será este miércoles, ante el Tribunal Oral Federal de Resistencia. Es en el debate donde se juzga a nueve imputados por los delitos de privación ilegal de la libertad y homicidio, en perjuicio de 15 víctimas

El Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Resistencia dará inicio este miércoles a las audiencias de alegatos en el juicio oral por la causa conocida como “Margarita Belén”, en la que se investiga a nueve imputados por delitos de lesa humanidad cometidos durante el último gobierno militar.

Así, la jueza Gladys Mirtha Yunes, y los magistrados subrogantes Eduardo Ariel Belforte (del TOF de Formosa) y Ramón Luis González (de la Cámara Federal de Corrientes) comenzarán a escuchar ese día las exposiciones de las querellas, de la fiscalía y de las defensas.

En el debate se juzga a Gustavo Athos, Horacio Losito, Aldo Martínez Segón, Jorge Daniel Carnero Sabol, Ricardo Guillermo Reyes, Germán Emilio Riquelme, Ernesto Jorge Simoni, Luis Alberto Patetta y Alfredo Luis Chas.

A todos los acusados se les imputan los delitos de: homicidio agravado por alevosía y por el número de partícipes (Artículo 80 incisos 2 y 6 del Código Penal), en perjuicio de 11 víctimas); en concurso real entre sí y con el delito de privación ilegítima de la libertad agravada por el tiempo –desaparición forzada de personas.